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Doce años de cárcel para los conductores de la picada fatal donde murieron Pizzorno y su hijo

Terminó el juicio oral y público donde dos jovenes fueron condenados por la coautoría funcional del homicidio con dolo eventual de David Pizzorno, su hijo Valentino. La decisión se tomó por mayoría ya que uno de los jueces consideró que la pena debió ser más elevada

Este jueves dos jóvenes fueron condenados por protagonizar la picada fatal que ocurrió en marzo del 2021 y terminó con la muerte de David Pizzorno, de 43 años, y su hijo Valentino, de 8, mientras que su pareja Cintia sufrió politraumatismos graves. El tribunal oral y público resolvió por mayoría condenar a ambos conductores a la pena de 12 años de cárcel más inhabilitación especial por el plazo de 10 años. El juez Fernando Sosa votó en disidencia en relación a la pena impuesta, y propuso una sanción más gravosa.

Germán Schoeller y Pablo Mancini fueron sometidos a un debate oral donde fueron acusados por los fiscales Valeria Piazza Iglesias y Walter Jurado de participar, el 20 de marzo del 2021, en una picada a más de 120 kilómetros por hora por avenida del Rosario. Según la acusación, lo hicieron por varias cuadras hasta llegar a la intersección con calle Ayacucho.

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Según la teoría de los fiscales, Mancini manejaba a 134 kilómetros por hora un Citroën C4 y Schoeller a 124 en un Renault Sandero cuando este último embistió al Citroën C3 que manejaba Pizzorno. El primero en ser imputado fue Pablo Mancini y Germán Schoeller estuvo 26 días internado y, tras recibir el alta médica, corrió la misma suerte.

La Fiscalía los acusó por doble homicidio simple con dolo eventual y lesiones graves por haber realizado una prueba de velocidad y destreza sin la debida autorización legal. Pidió 18 años de prisión para ambos e inhabilitación por 10 años.

El caso llegó a juicio a mediados de diciembre y este jueves se conoció el veredicto que dictaron los jueces Fernando Sosa, Rafael Coria y Paula Álvarez. Por mayoría los magistrados condenaron a ambos a 12 años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir por considerarlos autores del delito de participación en prueba de velocidad o destreza sin la debida autorización de autoridad competente, en concurso real con homicidio simple y lesiones graves, hechos cometidos con dolo eventual.

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La disidencia fue del juez Sosa quien consideró que en ambos casos correspondía una pena de 14 años de prisión y 10 de inhabilitación, refirió una fuente judicial.

Tras la lectura de la sentencia el fiscal Walter Jurado dijo que el fallo fue el esperado. Dijo que se dio lo que pidió salvo en relación al monto de la pena. Pero resaltó que el tribunal hizo lugar a la coautoría funcional de ambos conductores. En relación a este punto aseguró que prácticamente no hay antecedentes en el país y es el primer fallo en la provincia. También dijo que el tribunal sostuvo la figura del dolo eventual que habían planteado y se convierte en el cuarto caso que obtienen condena con esta figura en la provincia, aseguró.

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