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Duras críticas al tribunal que rechazó un acuerdo abreviado

La Fiscalía y la defensa de una joven acordaron una pena a 14 años de prisión por un crimen perpetrado en el marco de una relación desigual con violencia de género. Pero los jueces no lo homologaron y los señalan de actuar de manera ilegal y en nombre del patriarcado 

El rechazo de un acuerdo abreviado por parte de un tribunal de primera instancia que debía controlar la legalidad de una condena acordada entre partes provocó el fuerte repudio del abogado de la acusada, el defensor público Francisco Broglia, quien tildó la decisión de los jueces como una “manifestación del patriarcado” y presentó una denuncia ante el Instituto Nacional de las Mujeres –que depende del ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación– con el acompañamiento de Gabriela Sosa, subsecretaria de Políticas de Género de Santa Fe.

El acuerdo que debían revisar los jueces Ismael Manfrín, Carlos Leiva y Facundo Becerra fue alcanzado por la Fiscalía y la defensa de Milagros V., una joven de 20 años, madre de dos niños pequeños, que hace dos años que se encuentra detenida acusada de matar a su ex pareja de cuatro tiros.

Si bien apenas ocurrió el crimen la joven fue acusada de homicidio agravado por el vínculo, delito que prevé prisión perpetua, con el correr de la investigación la Fiscalía entendió que estaba ante un caso de circunstancias extraordinarias de atenuación: la acusada quedó en situación de calle a los diez años cuando su mamá la echó de su hogar y desde entonces vivió en la extrema vulnerabilidad, lo que incluyó que se prostituya desde niña. También entendieron que el crimen de su ex pareja Ignacio Oro, perpetrado en abril de 2017, se dio en el marco de una “relación desigual” que la tenía como víctima de violencia de género. Con eso, además de contar con el visto bueno de la familia de Ignacio Oro, se acordó en un acuerdo de partes para que la joven purgue una condena de 14 años de prisión en su domicilio para poder cuidar a sus dos hijos pequeños.

Pero el acuerdo no fue homologado por el tribunal que entendió que lo planteado “no configura un elemento suficiente para atenuar” y rechazó el fallo por “improcedente».

Para el defensor Broglia, el tribunal no tiene facultades para rechazar el acuerdo entre partes ya que su función era sólo controlar la legalidad de lo acordado y que se cumplan determinados marcos jurídicos en defensa de las partes, lo que a su entender estaba garantizado. Por el contrario, los jueces “se metieron a analizar la prueba como si fuesen un tribunal de juicio oral, condenando indirectamente a la joven a prisión perpetua sin juicio previo”, criticó Broglia.

Sigue detenida

Pero además, el abogado dijo que antes de presentar el acuerdo abreviado, otro juez de primera instancia ya había ordenado la prisión domiciliaria de la joven y ahora, a raíz del rechazo del acuerdo, se niega a otorgársela, siendo dos cosas distintas.

De esa manera Broglia se refirió a la posición que tomó el juez Nicolás Vico Gimena, quien había ordenado que la medida cautelar que pesa sobre la imputada se cumpla en su domicilio con tobillera electrónica, y mientras se realizaban los trámites para que se concrete esa orden, y al caerse el acuerdo abreviado, el mismo Vico Gimena fijó una fecha de audiencia para el próximo jueves para revisar esa decisión, siendo que eso no fue solicitado por ninguna de las partes.

Según Broglia, el juez actuó de oficio, de manera totalmente ilegal, porque no había ningún pedido de la Fiscalía para que se revise la medida cautelar. “Volvimos al viejo código inquisitivo”, dijo el abogado tras resaltar que los jueces “no pueden meterse en la voluntad de las partes”.

Con esos argumentos, Broglia recusó a Vico Gimena y solicitó que se haga efectiva la prisión domiciliaria de su defendida.

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