¿De fiesta? A pensarlo dos millones de veces. El Concejo Municipal comenzó a tratar y dio despacho favorable a una iniciativa para sancionar severamente las fiestas clandestinas con multas que arrancan desde bastante más que 1 millón de pesos y pueden llegar hasta por encima de los 2 millones de pesos, y alcanzarán a propietarios o locatarios de las propiedades en las que se realicen, y a los organizadores que las convoquen. El objetivo, claro está, es disuadir eventos de contagio de covid-19 cuando ya está arrancando el invierno, el período más frío y el que, tras un año y medio de experiencia mundial con el nuevo coronavirus, es el de mayor transmisión comunitaria, a tal punto que se la identifica, más allá del rigor científico, como “olas” de contagios.
El tema se trató este martes en la comisión de Gobierno del Palacio Vasallo. Allí las y los ediles que forman parte del cuerpo dieron visto bueno a dos iniciativas, una de la presidenta del Concejo, María Eugenia Schmuck, junto al edil Fabrizio Fiatti, y otra en sentido análogo del edil Carlos Cardozo. Ambas fueron integradas en un proyecto único que será tratado en lo inmediato: este mismo jueves si se concreta la sesión ordinaria –está supeditada a la medida de fuerza del Sindicato de Trabajadores Municipales– o en la fecha a la que quede postergada.
La letra de la normativa propuesta dice que que tiene por objeto “desalentar y sancionar la organización de fiestas privadas ilegales o clandestinas”, y precisa que se entiende por tal cosa “la realización de eventos con actividad de baile y/o cualquier tipo de espectáculo en los cuales se compruebe la venta de alcohol y/o ingreso masivo de personas en establecimientos, casas, quintas, fincas y otro tipo de inmuebles”, sean tanto “al aire libre o en espacios cerrados”.
Para ello incorpora al Código de Faltas municipal el inciso 88 al artículo 603, que establece que “los propietarios, poseedores, tenedores de establecimientos, casas, quintas, fincas u otro tipo de inmuebles, sean personas humanas o jurídicas, donde se realicen las fiestas clandestinas serán penados con una multa de 2.300 a 4.600 unidades fijas (UF) y/o de corresponder clausura de hasta 90 días”.
Cada unidad fija “equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial”, es decir, el precio de un litro de súper en una estación de servicio YPF del Automóvil Club Argentino. Es un valor que se determina cada mes y se publica en el sitio oficicial de la provincia –www.santafe.gov.ar–. Para junio está fijado en 91 pesos con 10 centavos (91,10), por lo que las multas que regirán, si se aprueba así la normativa, van de 209.530 pesos a 419.060 pesos.
Pero esos valores son para fiestas sin autorización ni control, cualquiera sean, y la idea es que queden en forma permanente –lo que se irá actualizando son las UF– en condiciones no pandémicas. Pero a ello se le suma una cláusula transitoria para aplicarse hasta que se matenga la emergencia sanitaria, y los valores son distintos y deberían asustar: “Las faltas que sean cometidas durante la emergencia sanitaria declarada en virtud del Sars-Cov-2, serán sancionadas con multa de 15.000 unidades fijas a 25.000 unidades fijas, decomiso de todos los elementos, a criterio de la autoridad, necesarios para la realización del evento prohibido e inhabilitación de hasta 180 días, cuando se trate de un inmueble, piezas o infraestructura de un comercio habilitado”. Es decir todos los equipos y dispositivos necesarios para una festichola –sonido, luces, refrigeración, bebidas, etcétera– más el pago de multas que van de 1.366.500 pesos a 2.227.500 pesos.
Si, para dar una proporción, el monto de la máxima multa se midiera con el Salario Mínimo, Vital y Móvil por mes, harían falta más de 7 años y medio para solventar la multa.
Acordado el fondo, un garrotazo económico, las y los concejales comenzaron a debatir las formas. El objeto, quedó claro, era precisar con exactitud a qué se apuntaba, y evitar porsibles artilugios judiciales para eludir las sanciones. Así, la comisión, encabezada por Marina Magnani, de Unidad Ciudadana, e integrada por Fernanda Gigliani (Iniciativa Popular), Caren Tepp (Ciudad Futura-FSP), Daniela León (UCR/Juntos por el Cambio), Fabrizio Fiatti (Creo) Verónica Irizar (Partido Socialista), y Eduardo Toniolli, del Frente de Todos-PJ, se abocó al entretejido fino.
Gigliani, por caso precisó que la modificación debería darse sobre el nuevo Código de Faltas, que todavía está en tratamiento; pero la doble urgencia de medidas sanitarias –más estrictas y en forma intermitente ante la elevación de la curva de contagios– y la multiplicación de fiestas clandestinas le daban características de mayor urgencia. Además, hasta ahora no se contemplan sanciones, “salvo alguna acción penal”, puntualizó.
Irizar, por su parte, hizo hincapié en la habilitación: muchas de las fiestas tienen lugar en casas particulares y no en locales, por ello que propuso desechar esa identificación, y así se acordó. Al menos hasta un debate futuro sobre el tema, sin la urgencia del presente.
De igual modo, al ser eventos “privados”, ¿cómo se regulan? Y más si es en barrios privados, planteó la concejala Tepp. La cuestión se zanjó aunque quizás se ahonde más sobre el punto, con la comprobación de “finalidad de lucro”, sugerida por Irizar, pero de igual modo continuaba habiendo interrogantes, por lo que la concejala León volvió sobre el eje: analizar exclusivamente el fin propuesto que “sanciones en el marco de la pandemia”, para evitar ambas: las fiestas y las sanciones.
Con más tela para cotar a futuro, con el nuevo Código de Convivencia, la solución es que, en todo caso, la iniciativa se abra a nuevas modificaciones, pero ya en el recinto, en sesión con todos los concejales presentes.
Pasar a la clandestinidad
Aunque la urgencia del tratamiento del tema es el marco de los contagios de covid-19 y el acoplamiento a las estrategias de los distintos niveles del Estado para mitigar la pandemia de Sars-Cov-2, el proyecto de ordenanza va, en rigor, contra todas las fiestas clandestinas. Por ello marca en su caracterización cualquir reunión masiva “sin ningún tipo de control y restricción” por parte de los estamentos correspondientes, junto a “el consumo de alcohol libre sin límites horarios y la ausencia de requisitos formales” amparándose en el respeto a la privacidad, por lo que distingue que la concreción es “siempre y en definitiva con una finalidad del lucro económico por parte de el organizador o los organizadores”.
Las consideraciones abundan en que además de la finalidad económica y la cuestión del alcohol –precisamente cuando ya rige el cero al volante– también debe tenerse en cuenta “la seguridad de las personas que asisten”, esto es las simples cuestiones de protección, prevención de siniestros y salidas de emergencia, entre otras, que está claro que no funcionan en ámbitos “no aptos”.
Y también da cuenta las potenciales “enormes molestias en los vecinos del sector” cercano a donde se hacen las reuniones, “sobre todo en lo que hace a ruidos molestos por sobre el límite de la normal tolerancia y a la normativa municipal vigente”.
Así, la definición es clara: “Resulta esencial implementar medidas que contrarresten la generación de eventos, reuniones y/o fiestas privadas ilegales o clandestinas, que ponen en riesgo a la población por realizarse sin las medidas sanitarias ni de seguridad correspondientes”.
Para ello plante las penalizaciones ya descriptas, a las que agrega “como sanción accesoria” a criterio de la Justicia de Faltas, “la realización de cincuenta (50) a cien (100) horas de trabajos no remunerados de solidaridad con la comunidad”.
Con todo, como la finalidad es “desalentar” las fiestas clandestinas en el marco de los alcances de la normativa municipal, el proyecto de ordenanza no menciona en ningún párrafo a quienes concurran, que por otra parte sí alcanzan las leyes y decretos vigentes a nivel provincial y nacional tanto históricos como recientes, de cuyas acciones se encarga la llamada Fiscalía Covid.