Search

El covid como hecho jurídico

Dirigido y coordinado por los abogados Pablo Lorenzo y José Ignacio Agostini, “Impacto del Covid en el Derecho del Trabajo” compila una serie de textos de autores varios que desarrollan problemáticas surgidas a partir de la pandemia que afectaron y afectan las relaciones laborales

Juan Pablo Sarkissian

La escritura no es una tarea sencilla. Paradójicamente, existen muchos materiales (escritos) que abordan el fenómeno. Y los hay de los más diversos tenores. Si admitimos que escribir no es fácil, mucho más lo es si consideramos la escritura en “tiempo real” en un contexto de pandemia.

No es el único caso de la elaboración de un texto en el marco del covid-19, y la tendencia nos dice que no será el último, pero el libro desarrollado por un conjunto de profesionales del derecho tiene un impacto particular por la problemática que aborda: el covid y las relaciones laborales.

Editado por la editorial Librería Cívica, el libro Impacto del Covid en el Derecho del Trabajo está dirigido por Pablo Lorenzo y coordinado por José Ignacio Agostini y está compuesto por siete capítulos donde se desarrollan problemáticas surgidas a partir de la pandemia del covid.

Pero lo interesante de la producción, además de ser colectiva y coral, ya que intervienen varios autores, es que aborda una temática no como punto de llegada, sino, por el contrario como punto de partida de un fenómeno, la pandemia, que no solo impactó en el tejido social, sino que el resultado de ese impacto cambió para siempre las relaciones del trabajo; por lo cual el texto contiene más preguntas que certezas, y estas son definitivamente provisorias.

El libro funciona como un fuerte disparador para el futuro próximo, el cercano y el más lejano. Lo curioso es que fue la pandemia quien aceleró los “tiempos jurídicos” que, como se sabe, no siempre coinciden con tiempos mundanos.

El trabajo comienza realizando una descripción de las relaciones del trabajo en la actualidad a la cual define como “caóticas”. El análisis toma como punto de partida el gobierno de Mauricio Macri y pone de manifiesto una verdadera situación crítica en el mundo del trabajo en un sentido amplio, es decir, no solo se enfoca en los trabajadores registrados sino que también aborda la realidad de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) y cómo incide en la proliferación del trabajo no registrado, es decir, en como provoca más precarización y flexibilización laboral.

Es obvio que la perspectiva desde donde se aborda el fenómeno es el derecho laboral, para lo que el lenguaje técnico es casi una necesidad. No es un texto de divulgación. O si, si se quiere, a condición que sea entre pares.

Sin embargo su lectura, además de ser necesaria, pone en el centro de la escena aspectos vitales para el movimiento obrero en general y para gremios y sindicatos en particular.

Estábamos en crisis y llegó el covid

“Estamos en crisis y llego el covid”, dice Pablo Lorenzo. Y agrega: “Es la crisis después de la crisis”. Ese es el contexto donde se construye un texto que interpela a sociedad, la interroga y pone a contraluz los DNU presidenciales no solo en su aspecto formal, a los que desmenuza, sino que los ubica en el contexto de pandemia.

El análisis excede largamente la coyuntura e instala, al decir de Lorenzo, a la pandemia “como hecho jurídico”. El planteo es un verdadero hallazgo porque el trabajo no se queda solo en el análisis técnico jurídico sino que lo proyecta hacia el futuro de las normas que establecen las relaciones del mundo del trabajo.

“Aunque parezca increíble este contexto puede empezar a dar respuestas a distintos problemas del orden jurídico que teníamos desde hace años y que se agravaron desde 2015 para acá”, dice Lorenzo.

Y agrega: “No es que ya estén resueltos, pero los pone en agenda, nos obliga a pensar y a apropiarnos de un conjunto de categorías conceptuales que estaban en silencio, como el teletrabajo, las licencias monoparentales y la propia estabilidad. No son temas menores. Son temas que los trabajadores llevan a las mesas de discusión y eran cajoneados. Hoy se discuten, tal vez con limitaciones, pero necesariamente precipitarán mesas de diálogo como ya ha comenzado a ocurrir”.

Es preciso resaltar que el texto no es condescendiente, por el contrario, ejerce un espíritu crítico sobre las normas establecidas en los DNU y plantea una deriva compleja en la negociación con los gremios y sindicatos, pero también valora la instalación de problemáticas que, tras el covid, ya no son lo que eran.

Tal es el caso del teletrabajo, que si bien no es nuevo, ni tampoco un nuevo derecho, se plantea abordarlo desde otra perspectiva en un profundo análisis de Jorge Elizondo y Juan Facundo Besson. Fruto del trabajo colectivo en pandemia el texto aborda:

  • El nuevo derecho laboral de la «pandemia». Detalle de la normativa generada por el covid-19 y su impacto en los contratos de trabajo y la respuesta jurisdiccional en la emergencia (Pablo A. Lorenzo).
  • Prohibición de suspensiones y despidos. Una mirada desde la praxis jurídica del DNU 329/20 (María Antonella Davico).
  • Los diálogos presente en el derecho del trabajo durante la pandemia (José Ignacio Agostini).
  • Salud y seguridad en el trabajo en tiempo de pandemia: el papel de la participación de los trabajadores y la ergonomía. Derecho a la desconexión. Viejos interrogantes y nuevos problemas a raíz de la pandemia (Juan Facundo Besson).
  • Ley 27555. Convenio 177 OIT. Derechos individuales y colectivos, y El covid 19 como enfermedad profesional no listada. El deber de seguridad del empleador. Medidas de protección del derecho a la salud (Jorge Elizondo).

No está claro que tras la pandemia salgamos mejor/es, como livianamente algunos profetas anunciaron, ni tampoco que fatalmente la partida está perdida. Tal vez un buen comienzo sea entender que la pandemia se desarrolla en un contexto donde lo que predomina es un capitalismo muy lejano del Estado benefactor.

Textos de esta envergadura ponen de manifiesto dos cosas: el rol de los intelectuales con su tiempo, al decir de Rodolfo Walsh y que la única batalla que se pierde es la que se abandona.

 

10