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El crimen del Pájaro Cantero quedó impune

Los jueces de Cámara Penal calificaron la investigación como pobre, tergiversada, dubitativa y errática; que no quebró el estado de inocencia de los acusados. Los protagonistas conocieron la decisión por videoconferencia, pues están alojados en la cárcel de Las Flores

Por unanimidad la Cámara Penal confirmó la absolución de Luis Orlando Bassi, Milton Damario y Facundo Macaco Muñoz en el homicidio de Claudio Pájaro Cantero. Los protagonistas conocieron la decisión por videoconferencia. El trío se encuentra detenido en la cárcel de Las Flores y por motivos de seguridad prefirieron no trasladarlos a Rosario. Algunos minutos después, otro tribunal dio a conocer, también por unanimidad, la confirmación de la condena de Bassi y Muñoz en el homicidio de Juan Pablo Colasso, ocurrido en noviembre de 2012 en Villa Gobernador Gálvez. En este caso Damario había resultado absuelto por el crimen, aunque recibió una condena por un carnet de conducir trucho que fue confirmada. Con esta decisión el trío seguirá tras las rejas: Bassi y Muñoz por el asesinato de Colasso, y Damario por una condena que afronta por el homicidio de Lucas Spina que aún no se encuentra firme.

Claudio Cantero tenía 29 años, sindicado jefe de la banda de los Monos tuvo su última noche tras conmemorarse la revolución de Mayo. Era la madrugada del 26 de mayo de 2013 cuando Pájaro llegó a bordo de su auto al boliche Infinity Night con tres pibes. El lugar en el que usualmente estacionaba estaba ocupado con cajones entonces paró el auto sobre un puente lindero a la confitería. Se bajó con un vaso de whisky que le habían regalado en el boliche anterior dónde estuvo con sus hermanos.

Junto a unos de los pibes que lo acompañaba, se separó para orinar. En ese momento una ráfaga de tiros lo sorprendieron. Cinco de ellos impactaron en su cuerpo, algunos de sus acompañantes resultaron heridos pero Pájaro se llevó la peor parte. Lo subieron al auto y lo llevaron al hospital, murió en el Heca poco después.

La teoría fiscal sostuvo que se trató de un crimen pre ordenado, dónde se aprovechó la distracción de la víctima que estaba alcoholizada. Le dispararon desde una camioneta Ford Eco Sport gris. Para la acusación Damario y Muñoz fueron los tiradores y estaban acompañados por otras dos personas que no se identificaron. Un crimen instigado por Bassi, en una lucha de bandas por el territorio que derivó en una ola de violencia que tuvo muchos muertos, entre ellos el dueño del boliche Diego Demarre, su administrador Oscar Piqui Aguirre y los padres de los tres imputados.

Al juicio llegó además Osvaldo Popito Zalazar aunque no por el crimen. En uno de los allanamientos realizados durante la investigación Popito fue encontrado con un arma de fuego. La Fiscalía lo acusó por portación y finalmente fue condenado a 3 años y 3 meses de cárcel. Sanción que se unificó con una condena anterior a un año.

En marzo de 2017 Bassi, Damario y Muñoz fueron absueltos por el tribunal que presidió el juicio a cargo de Julio Kesuani, Ismael Manfrín y María Isabel Más Varela. Una semana antes, luego de los alegatos de clausura, el móvil que los trasladaba rumbo a Santa Fe fue atacado a tiros en la autopista. En esa balacera resultó herido Macaco Muñoz.  Este miércoles, a través de una video conferencia la que se justificó por cuestiones de seguridad, los vocales Guillermo Llaudet, Carolina Hernández y Carlos Carbone confirmaron la decisión del tribunal de primera instancia y mantuvieron la absolución del trío.

Explicaron que la actividad probatoria en la causa fue muy escasa. Destacaron una investigación pobre, tergiversada, dubitativa y errática que no quebró el estado de inocencia de los acusados.

El caso pasó por varios fiscales y llegó a juicio de la mano de Cristina Herrera la última fiscal que intervino cuando ya la instrucción estaba finalizada. Para la Cámara la base probatoria fue indiciaria.

La teoría fiscal sobre la ejecución en el marco de una pelea entre bandas se basa en escuchas telefónicas obtenidas en otra causa, dónde no se individualiza a sus posibles interlocutores. Uno de los testigos presenciales que luego fue asesinado no fue citado a declarar durante la instrucción, no se tomó su muerte como un hecho relevante y se recabó el testimonio de su hermana 4 años después. Allí la mujer contó que su hermano le dio los nombres de los dos tiradores. Tampoco se avanzó sobre el vehículo utilizado, ni se profundizó sobre la familia de la víctima, a quienes se le adjudican una serie de escuchas telefónicas dónde se individualizan posibles autores pero no se determina quienes hablan ni se dispuso pericia de voz para el caso, explicaron.

“No se entiende qué es lo que se investigó respecto de este hecho en concreto para llevarlo a juicio”. Si bien hubo un intercambio telefónico “profuso” entre los acusados, que cesaron a la hora del ataque, ello solo prueba un nexo entre ellos no el contenido de las comunicaciones ni el resultado criminal. No se realizó ninguna medida probatoria para reforzar la prueba indiciaria. En cuanto a Muñoz, la fiscalía dijo que estuvo  en el lugar porque fue captado por una antena de telefonía celular y mandó un mensaje diciendo dónde estaba. Tuvo actividad antes y después del hecho, no así en el momento del crimen. Los camaristas destacaron que la defensa aseguró que estaba en otro boliche, ubicado a 300 metros del lugar y los indicios no alcanzan para desechar una duda razonable.

En cuanto a los informes policiales que los sindicaban, se desinflaron durante las declaraciones en el juicio incluso de parte de los mismos autores de los documentos. En cuanto a los acompañantes del Cantero, ninguno aportó datos que lleven a individualizar a los autores. Lisandro Mena declaró en el HECA, aún recuperándose de las heridas, y no hizo sindicaciones “se observa tal como lo han precisado los juzgadores, una grave omisión del Instructor y del órgano acusador al no haber sido convocado a declarar durante la investigación”, dice le fallo. Donde resaltaron que la declaración de oídas de su hermana y de la ex mujer de Cantero cuatro años después fundado en el temor “luce contrario a la lógica, a la experiencia y a la sana crítica raciona”, para el tribunal existen mecanismo de protección y la hermana no refirió haber recibido amenazas, simplemente dijo que no fue a declarar porque no la llamaron.

El crimen

Hay un pedido fiscal para imputar a un hombre que se encuentra identificado y prófugo, también se pidió la individualización de otras dos personas y se tomó una declaración informativa a Luis Paz, padre de Martín Fantasma Paz asesinado en septiembre de 2012 cuya investigación derivó en la causa por asociación ilícita que terminó en condena para varios de los integrantes de los Monos entre ellos Ramón Machuca y Guille Cantero.

Colasso

La otra sentencia que se confirmó este miércoles a la mañana fue la condena para Orlando Bassi a 16 años, y a Facundo Muñoz a 14 años, por el crimen de Juan Pablo Colasso, ocurrido el 16 de noviembre de 2012, en la puerta de la casa de sus padres en Villa Gobernador Gálvez y  después de dos días de amedrentamientos armados que incluyó persecuciones hasta Rosario. Colasso estaba armado y con un chaleco antibalas que no logró evitar su muerte.

Bassi y Colasso eran amigos, compartían pasión por Newell’s en la barra, pero hubo un quiebre irreconciliable. Si bien Bassi, Muñoz y Damario fueron enjuiciados por el hecho, sólo los dos primeros fueron condenados:  Bassi a 16 años, Muñoz a 14 cómo partícipe necesario, sanción que se unificó para Macaco en 18 por una condena previa por encubrimiento agravado, resistencia y portación. Mientras que Milton Damario fue absuelto por el crimen y condenado a 3 años de prisión por falsificación de documento público, le encontraron un carnet de conductor apócrifo durante los allanamientos.

 Este miércoles los camaristas Carlos Carbone, Viviana Alonso y Alfredo Ivaldi Artacho, por unanimidad, confirmaron la decisión de primera instancia dictada en la causa Colasso con una modificación en la calificación legal en cuanto a los ataques previos, para los vocales esos hechos se encuadran en una abuso de armas y no en amenazas coactivas calificadas por el uso de armas.

Damario además, enfrenta una condena de 16 años por el crimen de Lucas Spina, ocurrido el 27 de enero de 2013 en Pavón y Santa Rosa de Lima. Por este hecho también fue condenado a 17 años su hermano  José. Esta sentencia se encuentra recurrida ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia. La madre de Spina, Norma Bustos, fue asesinada de 3 balazos en el kiosco que tenía en su casa, el 20 de noviembre de 2014. “Me mataron a mi hijo, se murió mi marido, ¿qué más me pueden sacar? Estoy vacía. Pero quiero que los que mataron a mi hijo se pudran en la cárcel. Si el infierno existe, yo vivo en el infierno desde que me mataron a mi hijo”, había dicho públicamente siete meses antes del crimen. Este caso es investigado por el MPA y hasta el momento se encuentra impune.

Al terminar la lectura de ambas resoluciones la abogada defensora Hilda Knaeblein mostró su conformidad con la decisión judicial “esto muestra que en la provincia de Santa Fe existe la división de poderes”. Se dictó una sentencia conforme a derecho, resaltó. Entiende que no debe leerse entre líneas y destacó que la resolución marca un antes y un después. Por su parte la Fiscalía esperará a conocer los fundamentos para determinar los pasos a seguir en cada caso.

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