La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial bloqueó la cuenta bancaria que un juez de primera instancia había ordenado crear bajo el carácter de «inembargable» para garantizar el pago de los sueldos a los trabajadores de los medios del ex Grupo Indalo (el canal C5N, el portal Minuto Uno y las radios 10 y FM Pop). Los camaristas admitieron en su fallo que son conscientes de que el mismo «podría dificultar el pago de salarios y demás cargas laborales de devengamiento posconcursal que corresponde a la planta de empleados de la concursada. Tampoco se ignora la índole alimentaria de tales conceptos». Igual, lo dictaron a pedido de la Afip.
La causa en la que se enmarca la medida de los magistrados Gerardo Vassallo, Pablo Heredia y Juan Garibotto es la del concurso de los medios de Cristóbal López. El juez Javier Cosentino había dispuesto la apertura de la cuenta en favor de los empleados, ajenos a los posibles delitos que se debaten y a la embestida judicial contra el empresario multirubro ligado al kirchnerismo.
La Cámara hizo lugar a la apelación presentada por la Afip, actor en la causa que investiga evasión tributaria por parte de la empresa Oil Combustibles: el pago de 7600 millones de pesos en concepto de impuestos a los combustibles. Los trabajadores de los medios salieron a defender públicamente sus derechos, puestos en riesgo por las decisiones judiciales.
Un tuit del investigador de medios Martín Becerra abrió un hilo de intercambios a través del cual se recrea la última parte de una saga que, para algunos, tiene olor a «vendetta» por el trato excepcionalmente inflexible que los tribunales le dan al caso de Indalo, acusado de maniobras que comparte con otros grupos empresarios.
En suma: la ley que firmó Macri como Jefe de Gobierno en 2013 dice que las deudas tributarias de empresas periodísticas no pueden ejecutarse contra los bienes necesarios para el funcionamiento de un medio de comunicación.´
Ojalá los trabajadores de C5N no sean más castigados. pic.twitter.com/FWgoqBIt5R
— Martin Becerra (@aracalacana) 7 de febrero de 2019
Pero eso no es todo: el artículo 23 de la Ley promulgada por Macri como Jefe de Gobierno de Buenos Aires en 2013 es una PERLA para analizar el caso C5N y la agresión de los portavoces del oficialismo que militan por su asfixia 🧐
Acá va el art. 23, atención:— Martin Becerra (@aracalacana) 7 de febrero de 2019
Artículo 19: «Los inmuebles, registros marcarios, licencias de comunicación audiovisual, instalaciones, equipos, maquinarias, materiales, enseres, insumos, suministros ni todo activo o bien necesario para la difusión de expresiones, informaciones, opiniones o ideas, (sigue)
— Martin Becerra (@aracalacana) 7 de febrero de 2019
C5N es la única señal televisiva con perspectiva crítica al gobierno argentino. Sus trabajadores padecen esto ⚠ https://t.co/VIFvw98jlr
— Martin Becerra (@aracalacana) 7 de febrero de 2019
En la línea de editorialistas alineados con el gobierno de Macri, varixs trolls culpan a los trabajadores de C5N por la conducta de los empresarios. Son tan parecidos a quienes hablaban de los «esbirros de Magnetto» para denostar a los trabajadores del Grupo Clarín que apestan.
— Martin Becerra (@aracalacana) 7 de febrero de 2019