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El gobierno anunció planes de celular, internet y TV por cable básicos con precios máximos

Celular con datos a $350 mensuales, internet de 5 megabits por segundo a 700 y cable con descuentos de entre 20 y 30% sobre ofertas vigentes al 31 de julio. No es para todos: beneficiarios de ayuda social, trabajadores informales y entidades sin fines de lucro. Y en paralelo: suba del 5%

El gobierno nacional anunció este viernes un plan básico universal (PBU) y obligatorio de telecomunicaciones que prevé paquetes de servicios móviles prepagos con 1 Giga de datos a un precio de 350 pesos mensuales (prepago de 150 y paquete de datos de 200). También, ofrecimiento de TV por suscripción con descuentos de entre 20 y 30% respecto de las ofertas que tenían en vigencia el 31 de julio pasado. Y para internet fija, planes cuyo precio depende de la cantidad de clientes de cada prestadora, menores a los usuales pero no tan accesibles: 700 pesos. Todos estos servicios deberán estar disponibles desde el primero de enero de 2021, pero no todos podrán acceder a los mismos.

Los usuarios que requieran el plan tendrán por 200 pesos el paquete de 500 minutos de llamadas dentro de la misma red del operador, otros 50 minutos para conversaciones con móviles de otras empresas, 500 mensajes de texto, acceso gratuito a líneas 0800 y a páginas educativas, más plataforma de mensajería instantánea (whatsapp o similar) solo para texto, detallaron desde el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

A esa prestación pueden sumarle 1 Giga de datos por 200 pesos mensuales o bien optar por la prestación básica universal más un cargo diario de 18 pesos para tener 50 megabytes para consumir en el día.

Los anuncios corrieron por cuenta del jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, acompañado por la secretaria de Innovación, Micaela Sánchez Malcolm y el titular del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), Claudio Ambrosini.

Teléfono fijo a 380

Para la telefonía fija también se diseñó una propuesta de $380 mensuales que incluye 300 minutos de llamadas locales y de larga distancia, llamadas entrantes sin límites, llamadas libres a números 0800 y otros de emergencia.

Internet, un combo que depende de empresa y zona

Para el servicio de internet fijo residencial –sin tecnología satelital, por lo que no incluye a la empresa DirectTV–, las compañías que tengan más de 50.000 cuentas deberán ofrecer en la zona del AMBA conexiones con velocidad de hasta 10 megabits por segundo a 700 pesos por mes. En el resto del país, deben ofrecer hasta 5 megabits por ese mismo valor.

Los prestadores que posean entre 2.000 y 50.000 accesos totales deberán ofrecer conexiones de 5 megabits por segundo a 700 pesos mensuales.

Los usuarios podrán optar por acceder a otro plan de menor velocidad ofrecido por la compañía, con un descuento del 30% en el precio.

Las prestadoras de internet pymes y cooperativas que tienen menos de 2.000 clientes (accesos totales) deberán ofrecer planes de 2 megabits por segundo a 600 pesos por mes.

El Ente Nacional de Comunicaciones se comprometió a entregar Aportes No Reembolsables a las cooperativas y pymes que necesiten invertir para poder ofrecer a los usuarios 5 megabits en sus redes.

La tele, con descuento


En el mismo anuncio sobre el triple play, el gobierno dispuso que las compañías proveedoras de TV por cable deberán ofrecer planes con descuento sobre el plan de menor valor que tenían en oferta al 31 de julio pasado: un 20% en las que tienen entre 30.000 y 100.000 abonados, un 25% para las que tienen entre 100.000 y 500.000 cuentas y un 30% en el caso de las que cuentan con más de 500.000 clientes.

Restan las precisiones finas sobre las calidades del servicio en cada caso.

Los beneficiarios: no es para todos

● Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

● Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

● Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.

● Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.

● Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

● Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

● Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.

● Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

● Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

● Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.

● Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

● Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

● Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.

● Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.

● Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (Cenoc).

La contrapartida: suba del 5%

Junto con el anuncio de los planes básicos obligatorios, se hizo el del aumento del 5%, también desde enero próximo, de los servicios de telefonía fija y móvil, cable (tv paga) e internet. Es por el fin de la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20 firmado a mediados de agosto que estableció la suspensión de incrementos hasta el 31 de diciembre de este año.

La intención oficial es que como lo marca el decreto 690, autorizar aumentos en función de la evolución de la inflación y otras variables, pero “atendiendo al equilibrio con los sectores más vulnerables, las necesidades de conectividad y la situación de las empresas”.

 

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