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El gobierno imputó a ocho empresas por irregularidades en planes de ahorro para la compra de autos

Se detectaron presuntos incumplimientos de la obligación de publicar los contratos modelo y otros vinculados a establecer jurisdicciones de reclamo lejanas al domicilio del consumidor. Podría haber sanciones

La Secretaría de Comercio Interior informó hoy la imputación a ocho empresas de planes de ahorro para la compra de autos por por presuntos incumplimientos de la obligación legal de publicar los contratos modelo y, algunas de ellas, por establecer jurisdicciones de reclamos lejanas al domicilio de las y los consumidores. Se trata de empresas que administran los planes de ahorro para la venta de vehículos Nissan, Toyota, Chevrolet, Renault, Ford, Volkswagen, Peugeot y FIAT-Chrysler.

La medida se tomó a través de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, luego de que se iniciara una investigación de oficio a partir de la detección de las irregularidades. Según se informó oficialmente, se evalúa la aplicación de sanciones.

Se trata de las empresas Nissan Argentina Plan SA de Ahorro para Fines Determinados; Toyota Plan Argentina SA de Ahorro para Fines Determinados; Chevrolet SA de Ahorro para Fines Determinados; Plan Rombo SA. de Ahorro para Fines Determinados; Plan Ovalo SA de Ahorro para Fines Determinados; Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados; Círculo De Inversores SA Unipersonal de Ahorro para Fines Determinados; y FCA SA de Ahorro para Fines Determinados. El comunicado oficial aclaró que la relación que tienen esas firmas con las automotrices es «meramente contractual para la venta de vehículos bajo la modalidad de plan de ahorro previo».

De acuerdo con lo detallado, las empresas no habrían cumplido con la obligación de publicar una copia del contrato modelo de adhesión establecida por el artículo 38 de la Ley de Defensa del Consumidor y la resolución N°271/2020 de la Secretaría de Comercio Interior que lo reglamenta. Por otra parte, cinco de estas empresas también fueron imputadas por incluir en los contratos de adhesión presuntas cláusulas de prórroga de jurisdicción, lo cual implica una violación a los derechos de poder realizar reclamos y litigar en la jurisdicción correspondiente al domicilio del comprador.

Las empresas cuentan con cinco días hábiles para hacer el descargo correspondiente y dar las explicaciones del caso. Posteriormente, continúa el proceso administrativo dentro de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo para determinar si corresponden sanciones en los casos enunciados.

La secretaría destacó la importancia de los reclamos individuales para detectar vulneraciones a los derechos de las y los consumidores, motivo por el que convocó a aquellas personas que hayan tenido un problema en la compra de un bien o un servicio y que no hayan tenido la respuesta adecuada de la compañía proveedora a ingresar un reclamo formal en la web (https://www.argentina.gob.ar/iniciar-un-reclamo-ante-defensa-de-las-y-los-consumidores) o por el teléfono 0800 666 1518 o el correo electrónico consultas@consumidor.gob.ar.

 

Fuente: diarioAR.com

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