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El Incucai condenó la propuesta de Javier Milei de permitir la venta de órganos

El organismo advirtió que la idea vulnera los principios de justicia y de equidad. La Sociedad Argentina de Terapia Intensiva, por su parte, consideró que la propuesta del diputado de La Libertad avanza “es inviable”

Como suele suceder en muchas ocasiones, los dichos del diputado Javier Milei revolucionan el medio político y en esta oportunidad su planteo sobre la necesidad de que exista un plan de venta de órganos generó repudio en todas las partes de la sociedad.

Ante ello, el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) condenó los dichos del libertario, manifestó que dicha idea “está expresamente prohibida por la legislación” y que la donación de órganos se basa “en una decisión solidaria, por lo que no puede existir ninguna contraprestación a cambio”.

A su vez sostienen que poner a una persona en ese tipo de comercio de compra y venta por un órgano “transforma al ser humano de sujeto en objeto y vulnera los derechos humanos y la dignidad humana”.

“Se vulneraría el principio de justicia como equidad, y consagraría las condiciones de inequidad ya que el supuesto “vendedor” lo haría por necesidad y el “comprador” lo haría por sus posibilidades económicas”, según indica en el comunicado.

Sumado al instituto, la Sociedad Argentina de Terapia Intensiva expresaron que la propuesta es “inviable” y fuera de lugar.

Por ello sostuvieron que “el acto de donación tiene características propias desde el punto de vista del derecho: es personalísimo, esencialmente revocable y gratuito, e incluye dos valores propios: ser altruista y solidario”.

El libertario había sido consultado si estaba de acuerdo con la venta de órganos y respondió: «Es un mercado más. Vos podrías pensarlo como un mercado. El problema es por qué todo lo tiene que regular el Estado».

Vale recordar que desde 2019 se reglamenta la Ley Justina, en la que se indica que todo mayor de 18 años es donante de órganos salvo que se haya opuesto en vida.

«En nuestro país solo está permitida la donación de órganos en vida para los mayores de 18 años en caso de parientes consanguíneos o por adopción hasta el cuarto grado, cónyuges, o personas que mantengan una unión convivencial», destacó el Incucai.

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