Como si la presión por los tarifazos y la preocupación por la corrida cambiaria no fueran suficientes, el gobierno sorprendió el viernes pasado al enviar al Senado una parte del proyecto de reforma laboral que había cajoneado sobre fines del año pasado, tras la resistencia que generó el ajuste sobre las jubilaciones y AUH.
En el marco del envío de tres capítulos de aquel proyecto (blanqueo de trabajadores informales, establecimiento de sistemas de pasantías y creación de una agencia de evaluación de tecnología médica), en un ítem secundario adjuntaron la modificación en el cálculo de las indemnizaciones, donde proponen excluir “el sueldo anual complementario, los premios y bonificaciones, y toda compensación de gastos que el empleador efectúe hacia el trabajador”.
Blanqueo y pasantías
El texto base enviado por el Poder Ejecutivo trata sobre el plan para regularizar empleados en situación de informalidad, en el que se pide eximir del pago de multas a aquellos empresarios que blanqueen a sus trabajadores y el reconocimiento por parte del Estado de los aportes al sistema previsional por los años en los que el empleado haya estado en la informalidad. Asimismo, la iniciativa prevé reconocerle a los empleados informales el escalafón y la antigüedad, pero sólo hasta 60 meses. .
El segundo proyecto pretende reinstalar las pasantías como método de precarización laboral, bajo el eufemismo de Capacitación Continua, mientras que la tercera iniciativa es la creación de la agencia de tecnología médica que buscará reducir el nivel de litigiosidad que existe actualmente.
Más ajuste
En un capitulo secundario surgen propuestas que ya habían sido resistidas en diciembre pasado con respecto al cálculo indemnizatorio: el gobierno modifica el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y establece que el aguinaldo, los premios, bonificaciones y toda compensación o reconocimiento de gastos que el empleador efectúe al trabajador quedarán excluidos de la base salarial para el cálculo de las indemnizaciones por despidos sin causa.
Como único límite, define que la base de cálculo que surja de aplicar esas exclusiones no podrá implicar una reducción superior al 33% de la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida por el trabajador durante su último año de trabajo.
En su apuesta, el gobierno incorpora en el artículo 21 la creación del denominado Fondo de Cese Laboral sectorial, un mecanismo destinado a que el resarcimiento por despido del trabajador se financie durante el período de inactividad a través de un fondo creado a tal efecto a partir de un aporte de los empleadores.