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El monotributo aumenta 35% y con retroactivo a enero

Aquellos contribuyentes a los que les aparezcan deudas por los primeros cinco meses del año podrán abonarlas en un pago o en cuotas hasta el 20 de julio. A otros les puede aparecer un saldo a favor. Se suaviza el tránsito al régimen de autónomos

ElDiarioAR

A partir de este mes aumentan 35% los topes y las cuotas de todas las categorías del monotributo, régimen al que están adheridos más de 4 millones de trabajadores independientes del país, incluidos muchos que se desempeñan en relaciones de dependencia encubiertas ya sea en el Estado o en el sector privado.

El incremento es reatroactivo a principios de año y, por tanto, habrá monotributistas que queden con una deuda con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por los pagos de enero, febrero, marzo, abril y mayo, mientras que otros tendrán un saldo a favor. Esos datos pueden consultarse en la página web de la AFIP con la clave fiscal.

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Aquellos que figuren con deudas podrán saldarlas a través de alguna de las distintas modalidades de pago disponibles, inclusive cuotas, hasta el 20 del mes próximo. Los que hayan pagado de más podrán computar los montos para abonar vencimientos venideros.

Las diferencias podrán consultarse desde el 1º de julio en el portal Monotributo seleccionando la opción “Estado de cuenta” o ingresando al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, con clave fiscal.

La nueva categoría asignada puede consultarse a partir de hoy a través del sitio web del organismo. Los monotributistas podrán solicitar la modificación de la misma hasta el próximo día 25 inclusive.

Los cambios fueron introducidos por una ley enviada al Congreso a principios de año. La norma también reduce la carga de los contribuyentes que son excluidos del Régimen Simplificado (monotributo), ya que al pasar al Régimen General (autónomos) suelen acumulan deudas fiscales muy difíciles de afrontar.

La nueva legislación genera un “puente” entre los monotributistas y autónomos: ofrece beneficios fiscales por tres años para quienes deciden pasar voluntariamente al régimen general (reducción del IVA y del impuesto a las ganancias).

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