Zulma tenía 54 años cuando el 24 de octubre de 2014 caminaba junto a una amiga por calle Rivarola y a la altura del 7000 se tropezó y cayó. Su codo derecho impactó contra el cemento y se quebró. Fue atendida por médicos del Sistema Integrado de Emergencias Sanitarias (Sies) en el lugar y luego fue trasladada al Hospital Centenario donde le diagnosticaron una fractura en la cúpula radial derecha. La operaron y le colocaron una prótesis. La mujer quedó con una incapacidad de más del 15 por ciento. Ahora la Municipalidad de Rosario, en su carácter de responsable de la conservación de los bienes públicos, deberá indemnizarla con una suma cercana a los 900 mil pesos.
Tras la caída, la mujer hizo la denuncia y se inició una investigación penal contra la frentista en su calidad de dueña y guardiana de la vereda pública en evidente estado de deterioro. Luego de un reclamo administrativo al Estado local, demandó a la Municipalidad de Rosario a quien le reclamó una indemnización por daño patrimonial, psíquico y moral.
La demanda civil se incorporó al plan piloto de oralidad implementado por la Corte Suprema de Justicia de la provincia y fue resuelta por el Tribunal Extracontractual de la 6° Nominación. Para el tribunal se probó la dinámica accidental relatada por Zulma y la caída como consecuencia de una vereda en mal estado de conservación. También que la mujer quedó con una movilidad reducida de su brazo derecho y una cicatriz de 7 centímetros a la altura de la cara externa del codo.
La demandada alegó la culpa de la víctima como eximente total o parcial pero no aportó prueba que lo acredite, explicó el tribunal. Además, agregó que si bien la constatación no se hizo al momento del accidente y las fotos que aportó la mujer no tienen fecha, la medida realizada por el oficial de justicia determinó que la vereda fue reparada. Agregaron que la falta de denuncia respecto a la mala conservación de la vereda no libera al municipio de su responsabilidad.
Para los jueces “los municipios tienen el deber de asegurar el tránsito por la vía pública sin riesgos a los conductores y los peatones, debiendo controlar que calles y las aceras permanezcan en condiciones tales que las personas puedan transitar por ellas sin peligro, así como adoptar las medidas atinentes a la prevención de riesgos de accidentes de quienes circulan por la ciudad, en especial la señalización o reparación de obstáculos presentes, resultando objetivamente responsable de los daños que se produzcan como consecuencia de tal omisión”.
El informe pericial determinó que Zulma tiene una incapacidad parcial y permanente del codo derecho de 15.75 por ciento. Mientras que un estudio psicológico estableció que, tras el accidente, sufrió cambios significativos en su vida e inició un tratamiento psicoterapéutico que la favoreció e impidió el agravamiento de los síntomas sufridos. El documento explica que sufrió un 5 por ciento de incapacidad por trastorno adaptativo leve y recomendó la continuidad del tratamiento por, al menos, otros 6 meses.
El tribunal resolvió hacer lugar al daño material y ponderó el daño psicológico junto al daño moral. Fijó una indemnización de 374 mil pesos, más 18 mil para cubrir el tratamiento psicológico y 187 mil pesos en concepto de daño moral. A este monto se le fijó un interés moratorio que elevó la suma a resarcir a unos 900 mil pesos.