Search

El Protocolo de aborto legal derogado «subsanaba desigualdades»

El gobierno de Cambiemos había avanzado en derechos con la publicación de la actualización del Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), que derogó un día después. Para organizaciones sociales y médicos, la medida "se ponía al día con normas nacionales e internacionales"

Integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito, el colectivo Socorristas en Red y profesionales médicos repudiaron la derogación de la actualización del protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), tras considerar que dicha resolución «era un paso adelante para subsanar desigualdades en las provincias», además de «actualizar normativas nacionales e internacionales».

«La resolución 3158/2019 implicaba un paso adelante porque si bien no creaba una nueva práctica, formulaba seguridad jurídica y se ponía al día con normas nacionales e internacionales», señaló a Télam Patricia Bustamante, integrante de la Campaña Nacional por el Aborto en referencia al decreto 785/2019 publicado este jueves por el gobierno nacional en el Boletín Oficial, que anula la actualización del protocolo del miércoles.

Bustamante refirió que la resolución «obligaba a todas las provincias a cumplir con la interpretación del nuevo Código Civil y Comercial (2015), el cual prohíbe la sustitución del consentimiento y plantea el principio de autonomía en personas con discapacidad, niñas y adolescentes de 13 a 16 años, ante una posible ILE en las primeras semanas, visto como procedimiento médico no invasivo».

De las 24 jurisdicciones argentinas, solo 11 adhieren al protocolo (Chaco, Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y San Luis), 6 tienen uno restrictivo (Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Chubut, Córdoba, Neuquén y Río Negro) y 7 no poseen (Catamarca, Corrientes, Formosa, Mendoza, San Juan, Santiago del Estero y Tucumán), según publicó Economía Femini(s)ta.

Ademas, la integrante de la Campaña dijo que la normativa era positiva porque «se habla de la salud integral, no sólo la física, sino del completo estado de bienestar».

Otra cosa que resaltó como fundamental fue que una vez solicitada la ILE, «los profesionales de la salud estaban obligados a garantizarla hasta 10 días después y de manifestar objeción de conciencia debía hacerse de inmediato y de forma individual, además de permitir que otro médico lleve a cabo la práctica».

En tanto, el médico generalista Emanuel Castellani, jefe del centro de salud Cordones del Chapelco de la provincia de Neuquén, se sumó al repudio por la derogación de la 3158.

«Es muy mal recibida la decisión oficial porque regirnos con el protocolo de 2015 puede llegar a retrasar o desalentar a equipos médicos que vienen realizando la práctica y pueden entrar en un terreno de incertidumbre», señaló Castellani a Télam.

La médica cordobesa Nadya Scherbovsky, de la fundación ECO y la cooperativa de salud Consultorio de Salud Integral, indicó que la derogación del protocolo «fue una maniobra política» y reafirmó su importancia para ordenar la práctica médica.

«Es una vergüenza lo que sucedió, y creo que se trata de una maniobra política. Pero el protocolo anterior sigue vigente, ordena la práctica y es muy completo, además de que no nos modifica la práctica», señaló.

En referencia a la actualización del protocolo derogado, dijo que «le daba legitimidad a la práctica y era más claro que el del 2015, pero ya existen leyes que establecen que la ILE sigue siendo un derecho, legal para algunos casos y es una práctica que debe garantizarse en hospitales públicos».

Por su parte, el colectivo de Socorristas en Red, emitió un comunicado manifestando también su repudio frente a la decisión oficial.

«La derogación del protocolo es un abandono para quienes abortan, porque el tener rango ministerial subsanaba desigualdades existentes en las provincias e iba a dar otras posibilidades para exigir derechos reconocidos», remarcó el documento.

Y agregó que «generaría mejores condiciones de atención para niñas y adolescentes, considerando la última reforma del Código Civil».

10