El represor Walter Salvador Dionisio Pagano, quien fuera personal civil del Comando Segundo Cuerpo del Ejército durante la última dictadura cívico-militar y condenado a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad, recibió el beneficio de la prisión domiciliaria con tobillera electrónica. El pedido, que data del año pasado, había sido rechazado por la Justicia Federal de Rosario pero luego fue otorgado por un Tribunal Federal de Casación. La morigeración del encierro se concretó el 27 de marzo pasado, luego de que su defensa pidiera la efectivización de la medida en el marco de la emergencia por coronavirus. Hubo cuestionamientos y repudio de organismos de Derechos Humanos porque las víctimas no fueron notificadas. Otros cinco represores pidieron acceder al mismo beneficio por la pandemia. Les fue denegado a cuatro de ellos, y se espera resolución para el restante.
Walter Pagano tiene 73 años y en la dictadura fue personal civil de inteligencia del Batallón 121, con asiento en Rosario. Sobre él pesan condenas a prisión perpetua. Fue hallado culpable en los distintos tramos de la causa Guerrieri por los delitos de privaciones ilegítimas de la libertad, torturas, robo de bebés, homicidios y desapariciones. La investigación ubicó sus delitos en distintos centros clandestinos de detención, como La Calamita, la Quinta de Funes, La Intermedia, la Escuela Magnasco, la Fábrica Militar y el Batallón 121.
El pedido de Pagano para transitar la condena en su casa data del año pasado, cuando su defensa argumentó que el genocida tenía un padecimiento visual en ambos ojos, con visión reducida. También argumentaron que por su edad necesitada de cuidados especiales. El TOC N° 1 de Rosario rechazó su pedido, y la defensa pidió que la resolución fuera revisada por Casación.
Allí, un Tribunal integrado por los jueces Eduardo Rafael Riggi, Liliana Elena Catucci y Ángela Ester Ledesma, resolvió por mayoría conceder el beneficio a Pagano.
El juez Riggi entendió que la edad y el padecimiento visual de Pagano eran motivos suficientes para concederle la prisión domiciliaria. “Más allá de que a Pagano se le atribuye la comisión de delitos de lesa humanidad, el análisis jurisdiccional sobre la posibilidad de concederle o no la prisión domiciliaria no puede centrarse exclusivamente en la gravedad del delito reprochado”, expresó el magistrado en su escrito. “Hay razones humanitarias para concederlo”, argumentó Riggi. Su voto fue acompañado por el de la jueza Ledesma.
En tanto, Catucci votó por el rechazo de la morigeración del encierro al entender que el padecimiento de Pagano no ponía en riesgo su vida y que tiene un tratamiento eficiente para su patología dentro del penal. Pero su voto quedó en minoría.
El fallo de Casación data del del año pasado, pero la medida no se había concretado. Ahora, con la pandemia por coronavirus como principal tema de la agenda, su defensa pidió que se acelerara la concreción de la medida. Así, la Justicia Federal de Rosario le otorgo prisión domiciliaria con tobillera electrónica, en su casa del Fonavi de Grandoli y Gutiérrez, desde el 27 de marzo pasado.
El otorgamiento, que lleva la firma del juez Germán Sutter Schneider, no fue notificado a las víctimas de los crímenes por los cuales Pagano fue condenado. Esa situación fue denunciada por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).
“Creemos que usan esta estrategia para burlar el proceso de Memoria, Verdad y Justicia que tanto ha tardado en obtener condenas. No vemos que exista un riesgo real en la salud de los genocidas frente a una situación de contagio inminente”, consideró Federico Pagliero, abogado integrante de APDH.
Los otros pedidos
En el contexto actual de circulación mundial de Covid-19, otros cuatro represores condenados por crímenes de lesa humanidad en Rosario, pero que cumplen sus condenas en otros lugares del país, pidieron ser beneficiados con prisión domiciliaria abogando problemas de salud y edad avanzada.
Se trata de Juan Daniel Amelong, condenado a prisión perpetua en el marco de la causa Guerrieri, que está privado de su libertad en la Unidad Penal N° 34 de Campo de Mayo; Juan Andrés Cabrera, también condenado a perpetua por la misma causa, pena que cumple en el Complejo Carcelario N° 1 de Córdoba; Lucio César Nast y Ernesto Vallejos, ambos condenados a 22 años de prisión al ser hallados culpables por delitos de lesa humanidad en la causa Feced y recluidos en la Unidad 31 de Ezeiza; y Jorge Rubén Lofiego, quien se encuentra en el mismo penal purgado una condena a prisión perpetua en el marco de la misma causa.
“Hubo cinco pedidos de condenados en el marco de la causas Feced y Guerrieri. Cuatro de ellos fueron rechazados”, explicó Pagliero.
“En el caso de Amelong, por ejemplo, pidió la prisión domiciliaria por cuestiones de salud y adujo que por las condiciones sanitarias no podía seguir preso en ese lugar. Desde APDH respondimos que Campo de Mayo no es lo que se dice una cárcel común, y además se está montando un hospital de campaña por la pandemia, por lo que allí cuenta con un servicio médico eficiente”, consideró el letrado.
El único pedido que la Justicia Federal de Rosario aún no resolvió es el de Ernesto Vallejos. Los demás no tuvieron curso.