En línea con lo requerido por el Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Nación, el titular del Juzgado Federal N°1 de Salta, Julio Bavio, dispuso anteayer la elevación a juicio oral de la causa que tiene como principal imputado al ex juez federal de Orán Raúl Juan Reynoso, acusado de liderar una organización conformada por abogados y empleados de su juzgado que beneficiaba a implicados en causas de narcotráfico a cambio de dinero y/o dádivas. El ex magistrado deberá responder por los delitos de asociación ilícita, concusión y prevaricato.
Los otros integrantes de la organización que llegarán a la instancia de debate oral y público son los abogados María Elena Esper, Ramón Valor, Eladio Gaona y René Gómez –quienes oficiaban de intermediarios entre los narcos y el juez–, los empleados judiciales Miguel Ángel Saavedra y César Aparicio, y la hermana de este último, Rosalía Aparicio, quien habría prestado su nombre para receptar una dádiva dirigida a la organización.
La elevación a juicio resuelta anteayer implica la culminación de un trabajo conjunto desarrollado por el titular de la Fiscalía Federal N° 2 Eduardo Villalba y la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), a cargo de Diego Iglesias.
Durante los dos años de investigación, los representantes del MPF reunieron gran cantidad de elementos probatorios –entrecruzamientos e intercepciones telefónicas, testimonios, documentación obtenida en allanamientos, entre otros– que dan sustento a la hipótesis criminal. Asimismo, la colaboración entre la Fiscalía y la procuraduría especializada permitió una mirada integral de la intervención de la asociación ilícita en los distintos expedientes que tramitaban ante el juzgado federal de Orán, identificando en cada caso los roles y funciones de cada uno de los imputados.
El rol de Reynoso
“Al poseer el estatus de funcionario público con exclusivo y excluyente poder de decisión (por su condición de juez federal de San Ramón de la Nueva Orán), dictó todas las resoluciones, las cuales se pudo comprobar –con el grado de probabilidad requerido en esta etapa del proceso– que fueron fruto de una exigencia de dinero u otras dádivas, entre las que se encuentran una camioneta y un campo” , indicó Bavio en su resolución, en la cual rechazó los planteos interpuestos por las defensas. “Se mencionó y probó también que Raúl Juan Reynoso organizó y fue el jefe de esta asociación criminal, rol que asumió desde el nacimiento de la entidad. Así, seleccionó a los integrantes, quienes por amistad o conocimiento merecían su entera confianza. Ninguna duda puede caber sobre la preponderancia y predicamento que el imputado tuvo respecto del resto de los integrantes de la agrupación, como tampoco en relación con que todas las sentencias cuestionadas fueron emitidas con pleno conocimiento de lo que se disponía en cada caso”, agregó.
En junio pasado, Villalba e Iglesias habían solicitado la elevación a juicio de las actuaciones. En esa presentación, los fiscales indicaron que se encontraba suficientemente acreditado que Reynoso lideró –al menos desde el 19 de marzo de 2010– una organización de carácter “estable, con soporte estructural, división de roles y capacidad para articular acciones de modo de sostener el desarrollo de la asociación ilícita”, la cual consistía en gestionar y conceder resoluciones judiciales contrarias a derecho, “favorables a los intereses de personas imputadas en procesos judiciales vinculados a conductas de narcocriminalidad”, todo ello a cambio de dádivas y/o dinero.
Modus operandi
La investigación puso al descubierto un mecanismo presente en cada uno de los nueve hechos imputados a Reynoso: en un principio establecía un concurso delictual con una escala penal alta, con el objeto de presionar al imputado detenido para que pagara el soborno y, una vez recibido el pago, modificar la calificación legal o dictar la falta de mérito sobre algunos ilícitos de tal forma de permitir su excarcelación.
Uno de esos hechos tuvo como protagonista al transportista boliviano José Luis Sejas Rosales, actualmente con pedido de extradición al ser procesado como responsable del delito de contrabando de estupefacientes y precursores químicos, doblemente agravado por el uso de documentación ideológicamente falsa y por la cantidad de personas que intervinieron.
Imputado por el MPF por ingresar a país casi una tonelada de cocaína a través de una organización de tráfico internacional que utilizaba camiones cisterna de las empresas del conglomerado empresarial de transporte que controlaba, el empresario había sido detenido en abril de 2015 por Reynoso quien, pese a contar con las pruebas aportadas por la Procunar, tras recibirle declaración indagatoria dispuso su libertad provisoria. Para ello, lo procesó como partícipe secundario en relación con el delito de tentativa de contrabando de estupefacientes, por la cocaína diluida detectada que fue hallada en uno de sus vehículos, omitiendo valorar la responsabilidad por el contrabando del precursor químico, el cual había sido entregado prematuramente por ese mismo magistrado a pedido del imputado, cuando todavía no contaba con el resultado de la pericia química que determinó la presencia de tolueno. Para forzar tal situación procesal Reynoso le habría exigido a Rosales –por intermedio del abogado Ramón Antonio Valor– la suma de 350.000 dólares.