El tribunal de la Cámara de Apelaciones de Vera resolvió el jueves pasado elevar la condena de primera instancia de Manuel Alcides Díaz, de 54 años y ex empleado judicial, a la pena de 24 años de prisión efectiva, por los reiterados hechos de abuso sexual cometidos contra una adolescente de 15 años, quien estaba a su cuidado.
Díaz había sido condenado en abril de 2018 a la pena de 15 años de prisión efectiva, una sentencia de gran relevancia por tratarse de un empleado del propio Poder Judicial.
En su fallo, los camaristas revocaron la condena de primera instancia por la que se absolvió a Díaz por el delito de corrupción de menores y sentenciaron al ex empleado judicial como autor del delito de corrupción de menores en concurso ideal con el delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, reiterado, agravado por ser el autor –al momento del hecho– el encargado único de la guarda y cuidado de la menor y por haberse aprovechado de la situación de convivencia.
Por otro lado, el tribunal de Cámara –integrado por los jueces Bruno Netri, Fernando Gentile Bersano y Sebastian Creus– revocó la absolución de Díaz de primera instancia por un abuso sexual con acceso carnal cometido en la vía pública en junio de 2015 y lo condena a Díaz como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber producido graves daños en la salud física y mental de la víctima.
“Se valoró la pluralidad de los hechos delictivos, la circunstancia de la víctima –que siempre fue la misma persona– y el agravante de vínculo” ya que, si bien se había corroborado que la joven no era hija biológica de Díaz, el hombre “ejercía una figura paterna”, expuso sobre la resolución el camarista Netri.
“Nos llena de satisfacción la flamante sentencia porque se corrigieron los errores que, a nuestro entender, tiene el fallo de primera instancia por la absolución de Díaz por el abuso cometido en la vía pública”, expuso el fiscal Leandro Benegas ante la prensa.
Por su parte, la abogada querellante La decisión del tribunal de primera instancia fue recibida con una disconformidad parcial de la abogada del CAJ de Vera, de la víctima y de sus familiares y estuvo relacionaba con el hecho de que Díaz había sido absuelto por uno de los hechos denunciados, razón por la cual la sanción penal no había resultado tan elevada como se esperaba.
Tras la resolución de primera instancia, la querella representaba por la abogada Agustina Peralta del Centro de Asistencia Judicial de Vera (CAJ) no ocultó la disconformidad en la resolución y también decidió interponer el recurso de apelación. “Luego de que se tramitase dicha instancia, logramos que Díaz sea condenado por todos los delitos por los que había sido acusado y, por consiguiente, resultara agravada considerablemente su condena”, describió el CAJ en un comunicado en el que también sostuvieron que se encontraban satisfechos con el fallo de segunda instancia.
Centros de Asistencia Judicial
Los CAJ tienen como objetivo garantizar el acceso a la justicia a los ciudadanos, ofreciendo contención, respuesta y acompañamiento a víctimas de delitos, así como el servicio de mediación penal. El usuario puede presentarse solicitando respuestas para diferentes problemas en tanto víctima o testigo de un delito. En el marco del nuevo sistema de enjuiciamiento penal, los CAJ cuentan con legitimación para representar a los damnificados por delitos como querellantes como ocurrió en este proceso.
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