Andrés Cappa*
La propuesta del Salario Básico Universal (SBU) se basa en razones estructurales y coyunturales. Respecto a las primeras, la heterogeneidad estructural característica de las economías subdesarrolladas implica formas de inserción laboral precarias para grandes porciones de la población.
Pero más allá de las condiciones estructurales, la coyuntura marca el ritmo de la urgencia. Luego del impacto de la pandemia, la recuperación de la actividad económica llevó a que en el primer trimestre de 2022 la tasa de desocupación descienda a siete por ciento, similar a la observada en 2015. Sin embargo, la inflación ha mantenido a raya a los ingresos de la población trabajadora. El salario de las y los trabajadoras/es no registrados de abril de 2022 acumula una caída de 32 por ciento respecto a diciembre 2015.
En efecto, una porción relevante de la población ocupada es pobre: en el cuarto trimestre de 2021, 41 por ciento de las y los trabajadoras/es de la economía popular eran pobres, y si se excluye a este segmento, la pobreza alcanza a uno de cada cuatro trabajadores/as.
Sobre la base de esta delicada situación, la actual aceleración de la inflación repercutirá, en ausencia de nuevas medidas, en un nuevo incremento de la pobreza e indigencia. El SBU implicaría una suerte de refuerzo de ingresos permanente con similar alcance al otorgado este año a 7,5 millones de personas, con una prestación equivalente a la Canasta Básica Alimentaria de una persona adulta (15.057 pesos en junio 2022).
La reasignación del 20 por ciento de los subsidios de tarifas hacia el SBU y la eliminación de la exención del impuesto a las ganancias vigente para jueces y funcionarios del poder judicial alcanzaría para lograr el financiamiento sin necesidad de aumentar el déficit fiscal. Se trata entonces de utilizar los recursos limitados del Estado de forma que maximicen el impacto distributivo en una situación social límite.
La propuesta, sin embargo, no está exenta de detractores. Entre las objeciones de fondo más recurrentes aparece aquella que puede resumirse en la sentencia “antes que subsidiar la pobreza se debe crear empleo de calidad”. La cuestión subyacente es si el Estado debe garantizar el ingreso necesario para cubrir necesidades básicas o si lo que debe asegurar es el empleo.
Las visiones que se inclinan por esta última posición destacan la ética del trabajo y, en algunos casos, ponderan la “creación de riqueza” que generaría el trabajo por sobre políticas “meramente distributivas” que solidifican la dependencia de la población de transferencias estatales sin resolver el problema de fondo que causa la pobreza y la exclusión.
Porque el SBU no iría contra la creación de empleo registrado
En primer lugar, este enfoque no logra explicar por qué el SBU iría contra la creación de empleo registrado. Y, por el contrario, abona a la invisibilización de trabajos de cuidados, tareas del hogar y actividades socio comunitarias en los barrios, usualmente realizadas por mujeres. Cabe preguntarse acerca del sentido práctico de la exigencia de una contraprestación laboral fuera del hogar a población que se encuentra desarrollando actividades como el estudio, la crianza de niños o inclusive a población que ya se encuentra trabajando a jornada completa en el mercado informal con ingresos de indigencia.
En segundo lugar, la crítica que sostiene que el SBU no crea riqueza responde a un enfoque teórico particular (neoclásico) que implica, tal como afirman Minoldo y Dvoskin (2021), suponer que la producción es independiente del nivel de demanda y que la redistribución del ingreso no afecta la generación de valor. Por el contrario, la distribución del ingreso mediante transferencias de ingreso genera una inyección de demanda que impulsa la producción y el empleo. No se trata entonces de generar riqueza para luego redistribuirla, sino que la propia redistribución genera riqueza.
Más allá del contrapunto entre ambas posturas, cabe notar que no son incompatibles ni en teoría ni en la práctica. La implementación de políticas de empleo no contradice ni obstaculiza las políticas de transferencias de ingreso, que pueden incluir diferentes tipos de contraprestaciones, adaptadas a las situaciones específicas de las personas beneficiarias.
En este sentido, el programa Potenciar Trabajo debe mantenerse, pero evitando que se desvirtúe su esencia. La creación de empleo de calidad es, por supuesto, un objetivo irrenunciable, que depende de encauzar un sendero de desarrollo económico de largo plazo. Este sendero es compatible con la garantía de un ingreso mínimo de subsistencia que contribuya a eliminar la indigencia hoy, sin más demoras.
*Licenciado en Economía. Investigador del Observatorio de Coyuntura Económica y Políticas Públicas (OCEPP)