La Corte Suprema de Justicia de la Nación anunció que llamará a una audiencia pública para resolver si una pareja separada podrá o no destruir tres embriones crioconservados en un laboratorio. Pese a que la ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo permite el aborto hasta la semana 14, la Corte pretende volver a poner en tela de juicio este derecho al volver a abrir el debate respecto del inicio de la vida y el estatus legal del embrión, discusión que quedó saldada tras la sanción de la ley de aborto legal, seguro y gratuito en 2020.
Si la ley de IVE permite el aborto hasta la semana 14 de gestación, ¿por qué la Justicia debería emitir una autorización específica para que un laboratorio escuche a una ex pareja que pide desechar sus embriones crioconservados y no implantados? Esta es la situación con la que se encontraron dos personas que hace unos años decidieron guardar embriones en una clínica de fertilización. Como ya no tienen el plan de gestar ninguno de esos embriones, solicitaron que ya no sean conservados. Pero el laboratorio dijo que no podía concretar son el pedido por encontrarse frente a un “vacío legal”. Y que, por lo tanto, debían conseguir la autorización de un juez para concretar el pedido.
Cuando en 2015 se reformó el Código Civil y Comercial, se preveía que el Congreso regulara el destino de los embriones no implantados. Eso no ocurrió, pero en 2020 se aprobó la ley de IVE, que autoriza el aborto voluntario hasta la semana 14. Por qué, entonces, no se podría descartar un embrión no implantado, es decir, que ni siquiera está en gestación.
Esta situación fue atravesando distintas instancias judiciales, en las que el pedido de la pareja fue rechazado, hasta que llegó a las Corte Suprema de Justicia que, como primera resolución del año, decidió llamar a una audiencia pública para debatir sobre este “vacío legal”.
Esto, pese a que existe jurisprudencia: en 2021, un juez de San Lorenzo autorizó un pedido similar. En sus argumentos, el juez de Familia Marcelo Scala, citó un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a partir del cual entendió que “el estatus de persona lo adquiere el embrión luego de implantado, es decir cuando está alojado en el útero de la persona, no puede desarrollarse de manera extracorpórea, a lo cual debo agregar la interrupción voluntaria del embarazo, es decir, es legal el descarte del embrión post-implantado por lo tanto, con mayor razón el embrión criopreservado”.
Sobre la resolución de la Corte de llamar a audiencia pública para volver a argumentar sobe un debate saldado, la diputada nacional Mara Brawer dijo a Página/12: “Buscan volver a discutir e implantar un debate donde no lo hay. Llaman a audiencia pública porque quieren escuchar a los antiderechos otra vez. De nuevo quieren decidir si el embrión es vida, si es un asesinato. Claramente, es el vericueto que encontraron para poder dar marcha atrás o al menos poner en discusión derechos ya conquistados”, advirtió la legisladora.