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En Santa Fe, apenas 140 mil hectáreas son de extranjeros

Representa el 1,1 por ciento del total que hay en la provincia. La nueva normativa prevé un máximo del 15 por ciento en todo el territorio nacional.

De acuerdo a los distintos relevamientos que se produjeron en la provincia de Santa Fe, el 1,1 por ciento de las tierras rurales pertenece a extranjeros, es decir más de 141 hectáreas.

El administrador provincial del Servicio de Catastro e Información Territorial (Scit), Horacio Palavecino, expuso detalles acerca de las tierras  rurales santafesinas que, de acuerdo a los datos recabados por el organismo, se encuentran en propiedad de extranjeros, durante la primera reunión del Consejo Interministerial para la aplicación de la Ley Nacional de Tierras Rurales.

El fin de año pasado, el Congreso Nacional sancionó la ley que restringe la extranjerización de tierras. La misma, fija en un 15 por ciento el límite a toda titularidad de dominio de tierras rurales por parte de extranjeros en el territorio nacional. Además, tiene por objeto regular la situación para el caso de las personas físicas y jurídicas.

En el proceso de detección de datos, “el mayor problema es el de descifrar la composición de las sociedades”, indicó Palavecino. Además agregó que “el trabajo debe articularse entre el Registro Nacional de Tierras Rurales, los registros provinciales competentes) y sobre todo con la Inspección General de Personas Jurídicas”.

“Lejos del porcentaje fijado como máximo por la nueva normativa, la provincia detectó que 141.703 hectáreas pertenecerían a personas físicas de otra nacionalidad, que representan alrededor de un 1,1 por ciento sobre el total de tierras rurales que tiene Santa Fe (12,8 millones de hectáreas)”, detalló el administrador provincial del Servicio de Catastro e Información Territorial.

En tal sentido, el funcionario admitió que “se computan extranjeras aquellas que tengan el 51 por ciento de capital en manos de personas extranjeras o que personas extranjeras puedan formar la voluntad social, aunque la ley no afecta derechos adquiridos sobre las personas no argentinas que ya posean tierras al momento de la sanción de la ley”.

Finalmente, Palavecino explicó que “los extranjeros que quieran adquirir tierras rurales en cualquier punto del país deberán solicitar un certificado de habilitación previo ante el Registro Nacional de Tierras Rurales. En cuanto al caso de personas jurídicas, se precisa de la participación de la Inspección General de Personas Jurídicas, en donde además interviene el Registro Nacional de Tierras Rurales, a los fines de intercambiar con las provincias los datos que vaya recabando», concluyó Palavecino.

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