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Espionaje ilegal: la Cámara Federal también confirmó la competencia provincial en el caso Sain

Además del fallo de las últimas horas del juez Patrizi que ratifica la competencia de la Justicia provincial en la investigación penal contra Marcelo Sain y siete ex funcionarios, días atrás también la Cámara Federal de Rosario rechazó tomar el caso

Además del fallo de las últimas horas del juez Patrizi que ratifica la competencia de la Justicia provincial en la investigación penal contra Marcelo Sain y siete ex funcionarios, también la Cámara Federal de Rosario rechazó tomar el caso. Así las cosas, la competencia provincial quedó ratificada por doble vía.

El pedido de que el caso pasara a la Justicia federal lo había hecho el diputado nacional Roberto Mirabella, con el argumento de que era una de las víctimas de perfilamiento ilegal y que se presumía la violación a la ley 25.520 de Inteligencia Nacional siendo él legislador nacional.

La presentación había sido rechazada en primera instancia en mayo pasado. Y, según publica el portal Aire de Santa Fe, ahora la Cámara falla en el mismo sentido con fecha 29 de noviembre pasado. Es relevante ese dato porque uno de los fundamentos que usa el camarista Guillermo Toledo es que para definir cuestiones de competencia “es necesario que los hechos estén delimitados y sean encuadrados en una figura penal determinada, ya que la competencia solo puede analizarse con relación a delitos concretos”.

Ese mismo día, y tras un año de investigación, los fiscales provinciales imputaron a Sain y siete exfuncionarios de haber cometido los delitos de asociación ilícita, abuso de autoridad, violación de secreto, encubrimiento calificado, violación de la ley nacional de inteligencia, malversación de fondos, destrucción de documentos públicos, peculado.

 

Puerta abierta

 

Si bien Toledo deja una puerta abierta a futuro al decir que cuando exista “un encuadre legal concreto (N de la R: ahora lo hay) cabrá examinar de qué manera las distintas figuras legales que se propongan quedan entrelazadas, cuál es la relevancia que cada una asume y en su caso, determinar la eventual remisión de actuaciones hacia estos tribunales en virtud de algún supuesto de atribución de competencia especial”, también plantea que de momento “no se pudo determinar que hayan intervenido agentes de la Agencia Federal de Inteligencia o que se haya obtenido información que de allí provenga» y, además, que «si bien el denunciante ocupaba el cargo de senador nacional y luego el de diputado nacional, lo cierto es que no se cuenta con elementos nuevos que permitan determinar, al menos en grado probable, que se haya puesto en peligro o dañado la seguridad del Estado nacional o sus instituciones». De ello concluyó que no existe entre los elementos aportados hasta la fecha, alguno que permita determinar que se hayan ejecutado actos en contra de la persona del denunciante que hayan puesto en riesgo intereses del Estado nacional, «y que, por tanto, permitan habilitar la intervención de este fuero de excepción”.

Esta segunda línea de fundamentación va en línea con los argumentos que usaron los fiscales provinciales Ezequiel Hernández y Federico Grimberg, y las querellas, al defender la competencia provincial ante el juez Patrizi. Y si bien la resolución del camarista federal se redactó cuando no se conocía aún la imputación formal, de ella no se desprenden elementos en el sentido de que se hayan afectado el interés nacional o utilizado agentes o estructuras de las AFI.

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