El verano de 2011, Rosario Raúl Vera, un cartonero de 50 años, fue a visitar a su hermana Adela a una humilde vivienda ubicada en el barrio Toba de la zona sudoeste, donde se quedó a comer un pescado asado. Tras el almuerzo, la tarde de ese caluroso domingo de enero se puso espesa con una discusión marital regada de alcohol que derivó en la intervención de Vera, quien terminó muerto de un puntazo en el pecho recibido tras trenzarse en lucha con su cuñado. Ese mismo día, Luis Alberto Medina, el concubino de Adela, se presentó en la comisaría del barrio y quedó detenido por el crimen, por el que tiempo después fue condenado a 9 años de prisión bajo la figura de homicidio simple. Hasta esta semana, cuando su suerte cambió con un fallo de la Cámara de Apelación Penal que revocó la sentencia y lo absolvió por el beneficio de la duda.
En diálogo con El Ciudadano, el abogado de Medina, Darío Covicchi, celebró la decisión de los jueces de la sala II de la Cámara Penal de Rosario (Adolfo Prunotto, Ramón Ríos y Carlos Carbone) tras valorar que el magistrado que condenó a su cliente en primera instancia, Gustavo Salvador, lo hizo basándose en versiones periodísticas “que no quedaron volcadas en el expediente”, como también en “testimoniales contradictorias” sobre cómo se desencadenaron los hechos ese día.
El letrado recordó que ya había conseguido que su cliente, de 44 años y oriundo de Chaco, cumpliera la condena de homicidio en su casa con permiso para salir a trabajar y poder afrontar el cuidado de sus seis hijos a cargo. En ese sentido, Covicchi destacó que Medina hace más de dos décadas que es empleado de planta permanente de la Municipalidad de Rosario, no tiene antecedentes penales por delitos contra la propiedad y lo que ocurrió la tarde del 23 de enero de 2011 “fue un hecho aislado en su vida”.
En aquella oportunidad, tras la trágica muerte del cartonero durante una reyerta familiar, varios familiares de la víctima y de su hermana Adela, entre ellos menores de edad que vivían en la misma vivienda, brindaron declaraciones a la prensa en las que describían a Medina como un hombre violento que solía darle palizas a su mujer, quien más de una vez lo denunció en la comisaría por lesiones y amenazas. Sobre ese situación, el juez Prunotto expresa en su fallo: “Las supuestas conductas violentas del imputado no están debidamente acreditadas, ya que en las denuncias en su contra no ha recaído sentencia condenatoria alguna y sus compañeros de trabajo en sus deposiciones lo presentan como una persona tranquila”.
En la misma resolución, el juez de cámara resalta “las cambiantes versiones de Adela” que terminan generando dudas respecto del desarrollo de los hechos, que no puede ser superada por otras versiones que brindan testigos de “oídas”.
El magistrado agrega que “tampoco puede descartarse totalmente la historia que cuenta el imputado, puesto que si bien la parte del desmayo no estaría acreditada, sí lo está la pelea a golpes y el forcejeo entre ambos”. Es que según expresa Covicchi en su escrito de apelación, Medina, en una indagatoria declara: “No sé si yo lo hinco o él se lo clava”, en relación con el cuchillo con el que se cometió el crimen, que nunca apareció en la causa.
Con esos argumentos esgrimidos por el juez Prunotto, que contaron con la adhesión de Ríos y Carbone, la sala II falló a favor de “revocar la condena apelada por homicidio simple y absolver a Luis Alejandro Medina por no estar acreditada con certeza su responsabilidad penal en el ilícito atribuido”.
Al momento del crimen, el Negro Pagani, como le dicen en el barrio a Medina, vivía junto con su mujer Adela, los dos hijos de esa unión de 7 y 1 año, y otros seis hijos que ambos sumaban de matrimonios anteriores, en la esquina de pasaje 4 y pasaje 5 ubicada a la altura de Rouillón al 4300 de zona sudoeste. Muchos de esos menores presenciaron la violenta pelea familiar que ensangrentó el asado de un domingo con la muerte de Rosario Vera, que se ganaba la vida cirujeando con un caballo.