El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) exceptuó del aislamiento social, preventivo y obligatorio a las empresas prestadoras de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, que presten servicios en localidades de hasta 100.000 habitantes.
La resolución 362/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial precisó que estas empresas quedan exceptuadas de la suspensión en forma completa de la atención al público.
Además, indicó que podrán proceder en dichas localidades mediante la implementación de guardias mínimas de atención a usuarios y usuarias al solo efecto de garantizar el funcionamiento del servicio y proceder al cobro de facturas, sin perjuicio del mantenimiento del sistema electrónico de atención comercial y de reclamos de emergencia.
Sin embargo, la normativa remarcó que la excepción en ningún caso será aplicable dentro del Área Múltiple Buenos Aires (AMBA).
Asimismo, puntualizó que las licenciatarias autorizadas, a los efectos de cumplimentar las actividades que le son habilitadas, deberán mantener en excelentes condiciones de higiene los locales comerciales, y extremar la adopción de medidas conducentes a los efectos de evitar aglomeraciones y siempre respetar la distancia interpersonal recomendada.
La resolución estableció que en las oficinas comerciales de las licenciatarias en localidades que van desde los 50.000 a los 100.000 habitantes, el mecanismo de atención al público deberá exclusivamente implementarse mediante un sistema de turnos gestionado previamente a través de los canales electrónicos que las empresas habiliten, priorizando la atención de personas adultas mayores y demás grupos vulnerables.