Search

Fallo contra el Ministerio de Educación santafesino obliga a restituir a la rectora del Normal 2

La Cámara Contencioso Administrativo hizo lugar a una medida cautelar y ordenó la suspensión de la resolución de la cartera de Educación provincial que dispuso en el 2020 el desplazamiento de la funcionaria. Además, le deben restituir las horas cátedras en el nivel superior

La Cámara Contencioso Administrativo hizo lugar a una medida cautelar y ordenó la suspensión de la resolución del Ministerio de Educación de la provincia que dispuso en el 2020 el desplazamiento de la rectora de la Escuela Normal Nº 2, según informó el portal Versión Rosario.

Además, le deben restituir las horas cátedras en el nivel superior. En noviembre de 2020 se ordenó la apertura de un sumario administrativo y su desplazamiento por el período que dure la substanciación de ese proceso.

En la cautelar planteada con el patrocinio del abogado Luis Ayuso se destacó que “en los sumarios docentes en los que se ordena la instrucción, se desplaza y luego el sumario nunca se termina, teniendo a los docentes rehenes de ello y sin resolver su situación”.

El 31 de mayo de este año se presentó ante el Ministerio de Educación pidiendo que inmediatamente se deje sin efecto el desplazamiento provisorio y se ordene su reincorporación. No tuvo respuesta y planteó un pronto despacho.

También expuso la caducidad del sumario por haberse vencido en exceso el plazo de 180 días para la instrucción. Sostuvo que “se ha vulnerado el principio de debido proceso y el derecho de defensa y que afecta el derecho a la carrera docente dado que, más allá que mantiene su remuneración, debe cumplir tareas en una biblioteca que no es una escuela”.

Al contestar la demanda el Ministerio señaló que “no es cierto que el sumario no registre avance alguno y que actualmente el expediente se encuentra elevado a la Junta de Disciplina, quien se debe expedir para luego obtener la decisión de la Secretaria de Educación con la imposición de la sanción”.

Afirmó que “el desplazamiento y su duración obedeció a la necesidad de llevar a cabo el esclarecimiento de los hechos investigados, procurando el éxito de la pesquisa, evitando que se disperse la prueba o se entorpezca”.

Los jueces de la Cámara, Alejandro Andrada, Marcelo López Marull y Clara Rescia de la Horra, hicieron hacer lugar a la medida cautelar solicitada y ordenaron la suspensión del desplazamiento provisorio.

Agregaron que “no se advierte cómo el retorno de la agente podría entorpecer la investigación atento al estado en que éstas se encuentran”.

10