En una fecha simbólica como el 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, el Juzgado de Familia N° 1 de Venado Tuerto dictó una sentencia inédita en materia de derechos humanos y perspectiva de género. El juez Claudio Heredia ordenó una reparación integral superior a los 100 millones de pesos para una mujer que sufrió abuso sexual agravado por el vínculo durante su niñez y adolescencia, delito por el cual el agresor ya había sido condenado en sede penal.
La indemnización contempla daños físicos, psicológicos, emocionales y materiales, incluyendo incapacidad sobreviniente, daño moral, daño sexual y gastos terapéuticos. El magistrado fundamentó que la reparación económica es un derecho humano protegido por la Constitución y tratados internacionales como CEDAW y la Convención de Belém do Pará.
La sentencia incorpora un enfoque de género al establecer que, en casos de abuso sexual infantil intrafamiliar, los plazos de prescripción civil deben contarse desde la firmeza de la condena penal, evitando que el silencio forzado o el miedo dejen sin responsabilidad a los agresores.
Además, se dispusieron medidas preventivas y de no repetición, como capacitaciones obligatorias para los demandados, prohibición absoluta de contacto con la víctima y controles judiciales sobre su cumplimiento.
Este fallo representa un hito jurídico y social: coloca en el centro a la víctima, su dignidad y su derecho a reconstruir su vida, y refuerza que la violencia contra las mujeres exige no solo condena penal, sino también reparación integral.