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Familiares de un taxista asesinado repudian fallo que reduce la condena del acusado

La Cámara de Apelaciones bajó de 18 años a una década la pena impuesta a un profesor de Taekwondo por el homicidio de Matías Ezequiel Raffaele, perpetrado dentro de un minimarket de Pichincha en 2019. La Fiscalía apeló ante la Corte

Se le llama desgracia a cualquier situación que produzca gran dolor y sufrimiento. A la suerte adversa y aciaga. Nadie la elige. Pero cuando llega, hasta la lotería le asigna un número: el 17. Aunque el azar poco y nada tenga que ver con estas cosas. La mayoría de las veces nace de las injusticias humanas y casi siempre tiene nombre y apellido. De injusticia y desgracia está habitada la muerte de Matías Ezequiel Raffaele. Tenía 25 años, una sonrisa contagiosa y amigos por todas partes. Lo mataron un día 17, recuerda su padre, cuando un profesor de taekwondo –al que no conocía, lo duplicaba en edad y se encontraba alcoholizado– le disparó dentro de un after al que el joven había ido luego de terminar su jornada nocturna como chofer de taxi. Según la Fiscalía, demostrar la autoría del crimen no revistió complejidad ya que Flavio José Conde fue retenido dentro del bar hasta que llegó la Policía y cinco testigos lo señalaron primero en el lugar y luego en el juicio. Por unanimidad, en octubre de 2020 tres jueces lo condenaron a 18 años de prisión. Pero las desgracias no vienen solas.

El mes pasado, la Cámara de Apelaciones le bajó la condena a 10 años y ocho meses, en un controvertido fallo en el que uno de los jueces votó por la absolución. La noticia “derrumbó” a Claudio, el papá de Matías, y a sus amigos, quienes se comprometieron en la búsqueda de justicia desde el día que lo mataron con una original campaña que multiplicó la sonrisa del joven con afiches que empapelaron la ciudad.

El pibe de la sonrisa eterna: lanzan particular campaña para pedir justicia

La desgracia

Matías recibió dos tiros en el abdomen dentro del minimarket Oktubre, ubicado en Balcarce 7 bis (esquina Brown) de barrio Pichincha, el domingo 17 de marzo de 2019 cuando asomaban las primeras luces del día. Murió 12 horas después. La noche anterior no había podido ir al cumpleaños de un amigo porque le tocaba trabajar en el taxi así que, cuando terminó su turno a las cinco de la madrugada, pasó a tomar una cerveza.

Según la investigación, en el lugar –de pequeñas dimensiones– había varias personas, entre ellas Flavio Conde, Quinto Dan de Taekwondo y por entonces de 52 años, quien estaba ebrio y bajo los efectos de estupefacientes.

El hombre debió ser echado del lugar porque molestaba de manera insistente a los clientes, estaba agresivo y no dejaba de buscar pleitos con todos, de acuerdo al relato del dueño del local y del resto de los testigos que declararon en el juicio.

Pero así como se fue, volvió. Según los testigos, pateó la puerta y caminó directo hasta el fondo a buscar la guitarra que había dejado. Pero enseguida volvió a generar incidentes con los presentes, en especial con Matías que le recriminó que no debía comportarse así por su condición de maestro de artes marciales. Lo que siguió fue demencial, según las declaraciones, porque sacó un arma y empezó a disparar.

El dueño del local contó que lo tomó por detrás, logró sacarle el arma y lo retuvo hasta que llegó la Policía. Pero en el intervalo alcanzó a disparar seis veces. Dos de esos plomos hicieron blanco en Matías. Los policías que llegaron al lugar confirmaron su aliento etílico, hablaron con los testigos y se lo llevaron detenido.

“No puse abogado por la confianza que me dio el fiscal Luis Schiappa Pietra. Lo dejé en manos de él. Los días 17, de todos los meses, lo llamaba para que me informe cómo iba evolucionando la causa. Los días 17 porque es el día que mataron a mi hijo y que en la lotería, encima, es la desgracia”, recuerda Claudio.

La justicia

Hace un año, cuando finalizó el juicio, Claudio cerró el ciclo más doloroso de su vida. Los jueces de primera instancia Hebe Marcogliese, Patricia Bilotta y Gustavo Pérez de Urrechu condenaron a Conde a 18 años de prisión por los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por portación de arma de uso civil.

“La verdad es que me pareció insuficiente la pena. Me hizo mucho ruido porque el fiscal había pedido 26 años de cárcel. Pero quise cerrar el caso, intentar volver a vivir, porque tengo una hija de 9 años y otro hijo de 21”, cuenta Claudio.

Y aunque sabe que el dolor no se va a ir, no pensó que iba a tener que revivir todo de nuevo. “Yo soy un laburante, no soy otra cosa. Nunca me había tocado vivir algo así ni nada parecido. Y la verdad es que me marcó para toda la vida. No me he podido recuperar y sé que no voy a poder recuperarme nunca. Tengo momentos en los que estoy bien y hasta hablo de fútbol con amigos, y otros en los que se me viene todo a la cabeza y me bajo. Es una cruz que se lleva de por vida, lo sé porque he hablado con otras personas. Pero uno intenta llevarla con dignidad. Nada más”, asume.

“Nos enteramos de este fallo por la Fiscalía. La verdad que me derrumbé. Me llevó varios días volver a levantarme. Pero me levanté porque no puedo vivir con esta injusticia”, dice mientras repite que había aceptado la pena “para intentar volver a la vida” y otra vez se le cayó todo.

“Otra vez recordar, revolver todo, revivir todo. No pido nada raro. Quiero que esa persona sea condenada como corresponde. Una persona que en ese momento tenía 52 años. Un profesor de artes marciales que tenía formación y todos los elementos para poder defenderse. Una persona drogada, alcoholizada, perdida en la vida que mató a un chico de 25 años”, señala.

“El fallo es una aberración. Especialmente por lo que dice el juez (Javier) Beltramone que quiso absolverlo por el beneficio de la duda. Yo no le deseo el mal a nadie. Pero dar vuelta algo así 180 grados, que te digan que el que mató a tu hijo tiene que estar libre. No entiendo lo que pasa por la cabeza de los que tienen que impartir justicia. Un poder que todos nosotros pagamos”, lamentó Claudio.

“Animosidad manifiesta”

La cuestionada resolución fue dictada el 2 de septiembre pasado y recurrida por Luis Schiappa Pietra, fiscal del caso, quien presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.

En el mismo denuncia por “animosidad manifiesta” al presidente del tribunal, Javier Beltramone, quien votó por absolver al taekwondista por el beneficio de la duda, aunque no lo consiguió por disidencia con los otros dos jueces: Alfredo Ivaldi Artacho, quien votó una reducción de la pena de 18 a 15 años al considerar que el homicidio no fue “preordenado ni planificado» y que el consumo de drogas y alcohol “desdibujaron los límites” de la conducta del acusado; y el del juez Carlos Carbone (recientemente fallecido), quien entendió que si bien había quedado probada la autoría del homicidio, la pena era “desproporcionada” por las circunstancias del caso y consideró más justa una condena a 10 años y 8 meses de prisión, que finalmente fue la acordada por el Tribunal.

En gran parte, los argumentos de Beltramone para pedir que la condena sea revocada y el acusado absuelto se basan en críticas hacia el fiscal Schiappa Pietra por su desempeño durante la investigación y el juicio. Al respecto, el juez de Cámara pone casi todo en duda, incluso puntos que no fueron cuestionados por la defensa del acusado, como el  testimonio del papá de la víctima durante el juicio.

Para el camarista, el fiscal citó a Claudio sólo para demostrar “lo obvio”, en relación al sufrimiento que provoca la pérdida de un hijo, y su declaración debió ser objetada porque en un pasaje, el padre da por sentado que el taewkondista mató a Matías sin haber estado presente durante su asesinato.

Para el juez tampoco quedó probado que esa noche el acusado haya estado bajo efectos de alcohol y drogas, porque no se le hizo un análisis toxicológico y la propia confesión de Conde o las apreciaciones de agentes policiales y testigos no fueron suficientes. Pero tampoco consideró que haya quedado probado que fue quién disparó, aunque los testigos así lo afirmaron.

Al respecto, Beltramone pone en duda las declaraciones de todos los testigos presenciales del homicidio, en particular la del dueño del bar que dijo haber echado a Conde porque estaba fuera de sí y no paraba de molestar a los clientes; y luego, cuando regresó armado, haberlo reducido y desarmado reteniéndolo hasta la llegada de la Policía.

Para Beltramone, ese testigo no es “claro” al no precisar la hora exacta del crimen, al no identificar por sus nombres a todos los clientes del bar que dijo conocer porque eran habitúes y porque dijo tener un socio cuyos datos no se conocieron. Pero por sobre todo, al juez no le pareció creíble su relato respecto al momento en que reduce a Conde.

En ese punto dice encontrar algunas contradicciones que describe con una serie de preguntas. Se cuestiona el juez cómo sabía el dueño del bar que el taekwondista había consumido drogas sin haber estudiado medicina ni ser experto en adicciones. Le cuestiona cómo sabía que al momento de retener al acusado Matías estaba detrás suyo: “O había espejos o no es claro por qué ve a sus espaldas”.

Y luego el juez se vuelve a preguntar si “tiene tres brazos” en relación a la maniobra que realiza para sacarle el arma. En otros pasajes menciona con el mismo tono su “valentía”, “coraje” o “actitud heroica” para enfrentar solo a un Quinto Dan de Taekwondo drogado y con un arma en mano.

“Si algo ha fallado en esta investigación es toda ausencia de prueba científica elemental y necesaria para lograr el esclarecimiento del hecho. Que pudo hacerse y por negligencia no se hizo”, expone.

“Un caso muy simple”

El fallo fue recurrido ante la Corte. En el escrito, el fiscal Schippa Pietra repasa lo que considera “un caso muy simple” y “sin complejidades probatorias”: el homicida fue retenido en flagrancia por los testigos presenciales del hecho e inmediatamente llegó la Policía y lo detuvo.

El fiscal recuerda que el propio imputado reconoció que hubo una pelea, que estaba drogado y alcoholizado y que cuando tuvo que contar el momento de los disparos declaró que tenía una laguna en su memoria y que por eso no lo podía recordar.

Para el fiscal hay una “arbitrariedad sorpresiva” en los argumentos de Beltramone que asume “se dedica gran parte del fallo a denostar el trabajo mío, incluso por momentos con una clara y evidente animadversión que excede por mucho las apreciaciones jurídicas”.

En ese sentido lamenta que el camarista haya tildado de “aprovechamiento sensacionalista” la declaración del papá de Matías en el juicio y el contenido de su testimonio. “Lamento mucho que un juez de la democracia santafesina piense eso de la palabra de las víctimas en los estrados judiciales. Sólo tengo en cuenta que mucho le ha costado al Estado de Derecho poder llevar a audiencia la voz de las víctimas”, esgrime Schiappa Pietra.

En relación a las críticas sobre su forma de interrogar a los testigos, el fiscal recuerda que la tarea de un juez de Alzada es analizar el fallo de los jueces de primera instancia y no el trabajo del fiscal. “Nada de eso hizo Beltramone. No explicó por qué tres jueces dictaron un fallo unánime en forma errónea sino que se limitó a criticar –de forma obsesiva– el trabajo de quien suscribe”.

Para el fiscal, el camarista “pretende contradicciones que no existieron” e incurre en un “defecto en la construcción del razonamiento probatorio evidente”. Así se refiere a que “todos los testigos presenciales dieron cuenta de la secuencia de los hechos, de la participación del imputado, de las peleas previas, del altercado con la guitarra, de cómo el imputado molestaba al grupo de personas dentro del bar, de la forma en que se inicia la pelea, y luego dos de ellos describen con precisión cuando saca el arma Conde y mata a Raffaele. No tomarlo en cuenta es absolutamente arbitrario”, concluye.

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