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Frenaron definitivamente explotación sojera y maicera en zona de islas protegida

Desde 2008, la multinacional mantenía la explotación ilegal en la isla Irupé, sobre el arroyo Los Laureles. Había intervenido el humedal con un terraplén de 19 kilómetros y un drenaje. Levantó silos y un enorme galpón para sus maquinarias. La máxima instancia judicial entrerriana le bajó el pulgar

La multinacional holandesa Bema Agri comenzó hace años a explotar territorio del humedal del Paraná, más precisamente las islas entrerrianas frente a Rosario y la región, para lo cual intervino con terraplenes, drenajes y rellenos poniendo en serio riesgo al frágil ecosistema insular, regulador del clima en la zona y fuente de biodiversidad. Las denuncias contra la incursión productiva intensiva en un ambiente que no la soporta fueron impulsadas principalmente por organizaciones y colectivos ecologistas. Difusión por redes sociales y algunos medios de comunicación, más presentaciones ante Tribunales, hicieron un ruido que destapó los oídos de las autoridades con jurisdicción en la zona, las de la Municipalidad de Victoria. El Ejecutivo local accionó para que cesara la actividad, ilegal por asentarse en áreas protegidas. Aunque obtuvo un fallo favorable en las primeras instancias, la firma apeló con un recurso que rechazó el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Entre Ríos en un dictamen que se conoció este viernes y que pone punto final a la controversia, habilitando la recuperación de los terrenos invadidos.

El STJ entrerriano rechazó por inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por Bema Agri BV. La causa contra la firma holandesa es por la construcción de un muro de contención de 19 kilómetros de extensión en una isla del Delta, en jurisdicción de Victoria. Esa obra se complementa con un canal interior de drenaje, combo de intervenciones destinado a permitir una explotación agropecuaria intensiva.

Una década de ilegalidad y daño ambiental

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Bema Agri había  construido un dique en campos de islas del departamento Victoria, en la zona de la isla Irupé, sobre el arroyo Los Laureles. Desde 2008 venía realizando prácticas prohibidas: construcción de terraplenes para cercar superficie donde sembró soja y maíz. Allí habían montado una infraestructura con galpones para la maquinari y silos.

La comuna de Victoria ordenó el cese de la actividad, pero la firma recurrió a la Justicia desconociendo la potestad del municipio.

Bema Agri BV se constituyó en la Argentina entre fines de 2005 y principios de 2006. Está inscripta en la Afip como explotador de las actividades de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca. El gobierno entrerriano la intimó en 2009 a informarle sobre “cualquier actividad que estuviera desarrollando sobre la zona del Delta, debiendo presentar toda documentación habilitante y estudio de impacto ambiental hechos”. La holandesa respondió cuatro años después, en febrero de 2013, para blanquear una “obra de hidráulica de defensa de inundación para producción agrícola con rotación de cultivos y engorde de bovinos bajo sistema tradicional”. Continuó con las dilaciones y las actividades ilegales. Cuando levantó los silos y un enorme galpón, los colectivos ambientalistas renovaron las denuncias, ya con inocultables muestras de las violaciones jurídicas.

Hito en la jurisprudencia ambiental

Jorge Daneri, abogado de la Unidad de Vinculación Ecologista (UVE) de la Fundación de La Hendija, calificó la decisión judicial como “un hito central en una jurisprudencia que subraya  la necesidad de atender muy especialmente la defensa de los humedales, frente a proyectos de agricultura extensiva o intervenciones inmobiliarias, como sucedió en el Caso Amarras, en Gualeguaychú”.

La causa, de acuerdo a lo que informa el portal Verde, está caratulado «Bema Agri B.V c/ la Municipalidad de Victoria y Estado Provincial (Contencioso Administrativo)».

La sentencia del máximo organismo judicial ratifica lo resuelto por la Cámara en lo Contencioso Administrativo 1 de Paraná en julio de 2018. Entonces, los jueces Marcelo Baridón, Gisela Schumacher y Hugo González Elías no habían admitido la acción promovida por la empresa holandesa, que pretendía desarrollar actividades agrícolas en amplias extensiones con diques y terraplenes. El dato más grave: intervino un Área Natural Protegida por una ordenanza municipal y una ley provincial.

Daneri insistió en que el TSJ ratificó así “una jurisprudencia cada vez más sólida en defensa del sistema de humedales del Delta argentino, que da enorme valor a dos leyes de Áreas Naturales Protegidas Provinciales y a la norma constitucional entrerriana fruto de la reforma de 2008, que salvaguarda el sistema de humedales y sus ecosistemas asociados (leyes 9.485 y 9.718)”.

 

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