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Gobierno crea un registro para controlar el acopio de granos

Regirá a partir de abril y estará bajo órbita de la AFIP. La medida se toma en momentos en que el Gobierno apunta a que los productores aceleren la liquidación de la cosecha para incrementar el ingreso de divisas.

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A través de una resolución general publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno creó un «registro de movimientos y existencia de granos» con el cual apunta a incrementar los controles contra el acopio de la siembra.

El nuevo «Código de Trazabilidad de Granos (CTG)», que se oficializó a través de la resolución 3593 y que regirá a partir del 1 de abril, establece «un régimen de registración sistémica de movimientos y existencias de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- sean propias o de terceros de acuerdo con las formas, plazos y condiciones que se disponen en la presente».

La medida se toma en momentos en que el Gobierno apunta a que los productores agropecuarios aceleren la liquidación de la cosecha para incrementar el ingreso de divisas producto de la exportación y reforzar las reservas del Banco Central.

El registro, que estará bajo la órbita de la AFIP, comprende: «La declaración de existencias de granos a la hora CERO (0) del día de entrada en vigencia; los traslados o movimientos de granos efectuados respecto de cada planta habilitada; y la modificación de la registración efectuada según lo indicado en los incisos precedentes, de corresponder».

Los sujetos alcanzados por la norma deberá informar a través de la web de la AFIP «la existencia de granos; los ingresos o salidas correspondientes a la recepción o emisión de cartas de porte ferroviarias; conocimientos de embarque o remitos, o los que en el futuro los sustituyan o complementen», entre otros.

«La registración de existencias y movimientos se conformará para cada responsable, por cada planta habilitada -incluyendo aquellos depósitos transitorios o de uso temporal, discontinuo o eventual, dependientes de ésta-, grano y campaña involucrada», sostiene la norma.

Afip aclara además: «La inobservancia de la prelación establecida, limitará al responsable para efectivizar el movimiento de granos en el registro sistémico dispuesto a los fines fiscales. Como constancia de la transmisión realizada el sistema emitirá un acuse de recibo. De comprobarse errores o inconsistencias, la presentación será rechazada automáticamente por el sistema, generándose una constancia de tal situación».

 

 

 

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