Ciudad

Exigencias a la baja

Guiño a constructoras: el Concejo aprobó nuevas reglas para cocheras y playas de estacionamiento

La nueva normativa elimina la obligación de la construcción de cocheras para edificaciones destinadas a vivienda colectiva u oficinas en lotes de hasta 9 metros de frente o 200 metros cuadrados, y hasta 300 si se ubican en esquinas. En cocheras comerciales se reduce de 50 a 20 el mínimo de boxes


El Concejo Municipal aprobó en la sesión de este jueves con los votos del oficialismo el proyecto impulsado por el intendente Pablo Javkin que busca incentivar proyectos de desarrollo urbanístico cambiando la norma que regula la construcción de cocheras en nuevos edificios. Con 17 votos a favor y 11 en contra los bloques Arriba Rosario, Socialista, Volver a Rosario, PRO, Juntos por el Cambio y Vida y Libertad dieron sanción a la modificación de la ordenanza, mientras las bancadas de Ciudad Futura, Justicialista, Justicia Social, Iniciativa Popular y Frente Amplio por la Soberanía, se pronunciaron por la negativa.

“Priorizamos el desarrollo industrial, el espacio público, las inversiones, las urbanizaciones. Por eso hoy discutimos qué hacemos con las playas de estacionamiento y las cocheras. No le tenemos miedo al crecimiento de nuestra ciudad”, sostuvo el concejal oficialista Fabricio Fiatti, quien defendió la normativa.

Los mensajes del Departamento Ejecutivo fueron dos: uno incorpora el capítulo IV, Estacionamiento –cocheras– al Reglamento de Edificación y el segundo fue el proyecto de ordenanza de Promoción para Reconversión de uso de playa de estacionamiento y/o cochera del área central.

El primero cambió la normativa que regía hasta ahora, expresa que, independientemente de las dimensiones que tenga el lote, si se hacen unidades de menos de 40 metros cuadrados, debe tener una cochera cada seis unidades, algo que las constructoras reclamaban por su modificación.

La nueva ordenanza exime de la obligación a las edificaciones destinadas a vivienda colectiva u oficinas que se construyan en lotes de hasta 9 metros de frente o 200 metros cuadrados. Para las propiedades ubicadas en esquinas, el límite se amplía a 300 metros cuadrados. Además, esta exención se aplica a todas las parcelas situadas en la llamada “zona calma”, que abarca el área delimitada por las calles Corrientes, San Lorenzo, Laprida y San Luis.

En la normativa se establecen las condiciones generales que deberán contar, tales como proyectarse de forma tal que no transmitan vibraciones a los edificios contiguos y se dispone que todos los elementos que constituyen su estructura deberán ser resistentes al fuego.

La normativa específica también que los garajes no podrán ubicarse en calles con un ancho oficial menor a siete metros, salvo en el caso de viviendas individuales. Además, se establece que el acceso a los garajes en calles con un ancho oficial entre 7 y 8 metros debe ser de seis metros. También se introduce la posibilidad de servidumbre real (predio sirviente) en todos los casos, lo que permitirá optimizar el uso del espacio sin afectar a los vecinos.

También habrá nueva regla y cambio de exigencias para las cocheras comerciales. La nueva ordenanza reduce a 20 el mínimo de boxes, disminuyendo el piso anterior de 50.

Además, en la misma sesión y con idéntico resultado nominal de la votación en el recinto, se aprobó la iniciativa del Ejecutivo para un nuevo sistema de Promoción para la Reconversión del Uso de Playa de Estacionamiento y/o Cocheras en el ámbito delimitado por las calles Salta, Alem, Mendoza, Dorrego y avenida Belgrano.

En este caso se trata de una serie de incentivos por cinco años para aquellos predios mayores a mil metros cuadrados que estén habilitados como cocheras para la guarda temporaria de vehículos, o que hayan tenido esa habilitación hasta cinco años atrás.

En cuanto a requisitos, se fija como altura máxima para edificación entre medianeras, 25,90 metros, equivalente a planta baja y 8 pisos, y se precisa que si las edificaciones linderas tuviesen una mayor altura se podrá articular con la altura de las mismas. El factor de ocupación del suelo se establece en 0,70.

Los interesados deberán presentar un expediente que será analizado por la Comisión de Evaluación de Proyectos Urbanos (Cepu), que dictaminará si corresponde la aplicación de la ordenanza.

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