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Halló atenuante una mujer que fue a juicio por homicidio

Testigos dijeron que ella intentó frustrar el ataque a tiros que cometió su pareja, quien se encuentra prófugo.

Una mujer de 42 años fue condenada esta semana a la pena de 4 años y seis meses de prisión domiciliaria luego de que los jueces la consideraran partícipe necesaria en las amenazas calificadas que terminaron en el crimen de un joven de 21 años ocurrido hace dos años en Puerto General San Martín. En los alegatos, el fiscal Juan Ledesma había solicitado la pena de 18 años de prisión mientras que la defensa, representada por Paul Krupnick y José Nanni, pidió la absolución. En sus argumentos los letrados remarcaron la exposición de los testigos donde hicieron mención al intento de frustrar el ataque a tiros que cometió su pareja, quien se encuentra prófugo de la Justicia.

Eran las 23.30 del miércoles 7 de enero de 2015 cuando una mujer estacionó un Ford Focus gris en la puerta de la casa de Lucas Ariel Toneatti en Puerto General San Martín. Los testigos indicaron que la conductora estaba en compañía de al menos dos hombres más. Uno bajó y encaró para la puerta del 1190 de la calle Juan Domingo Perón. En ese lugar estaba Lucas con dos amigos. El hombre comenzó a increpar al joven y tras unos forcejeos, el muchacho logró zafarse e intentó escapar a la carrera. De la pesquisa surgió que el móvil de la pelea se debió a que la mujer y su pareja, apodado Pato de 41 años, sindicaron a Lucas como quien se había robado la moto de su hijo unos días antes. La víctima logró zafar de su agresor y salió corriendo. Pato salió a perseguirlo y en un momento sacó una pistola 9 milímetros de entre sus ropas y disparó en varias oportunidades. Uno de los proyectiles hizo blanco a la altura del tórax del joven, quien hizo unos pasos para luego desplomarse en la vereda. En la versión oficial, tras los disparos la acusada, identificada como Mariela Varón, de 44 años, se bajó del auto y le ordenó a Pato que “no le tires a los chicos”, en referencia a los otros dos jóvenes que estaban con Lucas. La pareja se subió al Focus gris y huyó del lugar.

Por su parte, la víctima fue traslada a un centro de salud donde falleció en la guardia, producto de una hemorragia toráxica masiva producida por herida de arma de fuego.

Poco después, Varón fue apresada en su vivienda de dicha localidad y en 48 horas terminó imputada por el fiscal Ledesma. El 9 de ese mes ya había sido acusada del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

El juicio

La mujer llegó a juicio oral donde el fiscal la acusó formalmente por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de partícipe necesario” y pidió una pena de 18 de prisión efectiva. En sus argumentos, Ledesma sostuvo que la participación de la mujer fue un aporte esencial para que se dé el desenlace fatal.

En tanto, Krupnick y Nanni solicitaron la absolución y subsidiariamente el arresto domiciliario debido a que se trata de una madre de cinco hijos menores donde el más chico tiene cinco años. La defensa basó sus alegatos en que durante el juicio un testigo declaró que pudo observar que un joven pasó corriendo y que un hombre lo perseguía con un arma en la mano. En su declaración, el hombre agregó que una mujer se bajó de un auto y le gritó “no Pato, pará, pará”, por lo que el tirador abrió fuego y luego cambió su blanco por los pibes que estaban con la víctima fatal. Ahí la mujer volvió a interponerse con un “no le tires a los chicos”.

Otro tema que se ventiló en  el juicio fue un confuso episodio del cual no hubo una investigación sobre el accionar policial. “El padre de la víctima contó en el juicio que media hora antes de que apareciera el homicida, unos policías aparecieron en la vivienda de Lucas con intenciones no muy claras. A su vez, los uniformados brindaron una versión que no aclaró su situación, por lo que el papá de la víctima dejó entrever que a su hijo lo había entregado la Policía”, indicaron fuentes relacionadas al caso, las cuales señalaron que la hipótesis sobre el encubrimiento policial nunca se investigó.

Tras escuchar los argumentos, el tribunal compuesto por los jueces Juan José Tutau, Ignacio Vacca y Carlos Pareto resolvió condenar a Varón a la pena de 4 años y 6 meses de prisión domiciliaria por el delito de amenazas coactivas por el uso del arma de fuego en calidad de partícipe necesario.

Pato sigue prófugo

Por el caso se mantiene prófugo el marido de Varón, identificado como Carlos Héctor Z., de 41 años y apodado Pato, que está sindicado como el autor material del asesinato. A su vez, cuenta con una condena en 2007 a 6 años y 9 meses de prisión por el asalto al súper Makro, que ocurrió tres años antes; igual pena recibió Juan Carlos A., alias Cabezón, mientras que otros cinco imputados terminaron desvinculados, entre ellos dos que luego murieron en el caso conocido como la masacre de la chatarrería, en marzo de 2006 en barrio Bella Vista, que tuvo cuatro asaltantes muertos a manos de la Policía. Pato, además, estuvo preso en las cárceles de Olmos y de Chubut.

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