Un nuevo revés judicial en la causa que investiga la muerte de Jonatan Herrera será tratado hoy en Tribunales.
Después de que la semana pasada la Cámara Penal revocara el juicio abreviado por el cual el agente de la Policía de Acción Táctica Alejandro Gálvez había sido condenado por abuso de armas, sus defensores interpretaron en el fallo la posibilidad de pedir su libertad inmediata. En la resolución, los jueces entendieron que no había correlación entre la teoría fiscal global y la decisión que tomó respecto de este imputado y declararon el acuerdo inadmisible. Pero una semana después, el fallo despertaba una nueva interpretación en los pasillos de Tribunales: a Gálvez le correspondía una contravención, es decir y que no había delito. A las corridas, los defensores pidieron de manera urgente la libertad del uniformado, que será tratada hoy. La revelación, que para una parte de la querella no es más que una interpretación, hizo que la Fiscalía pidiese la suspensión de la audiencia que se iba a hacer ayer para imputar al agente.
Jonatan Herrera fue asesinado a principio de enero de 2015 cuando lavaba su auto en bulevar Seguí y Alem y el Comando Radioeléctrico perseguía a un ladrón. Cuatro efectivos de la PAT que viajaban en un colectivo bajaron y abrieron fuego en su contra, matándolo. Dos de los balazos que recibió Herrera resultaron fatales y se determinó que los cuatro policías dispararon. Las pericias demostraron que uno de los plomos que disparó Ramiro R. fue letal y lo imputaron de homicidio calificado. A los otros tres policías se les achacó tentativa de homicidio. Posteriormente surgió una negociación entre la Fiscalía y los defensores de los tres últimos imputados para arribar a un acuerdo abreviado por abuso de armas que finalmente se mantuvo sólo para Gálvez porque, tal vez por la suerte de su mala puntería, ninguna de las balas que disparó hirió a Herrera. En junio pasado, una pericia sumó una nueva imputada, una mujer policía del Comando Radioeléctrico que disparó la bala mortal que ingresó en la cabeza de Herrera.
Cuando se homologó el acuerdo abreviado por Gálvez, la madre de Herrera lo apeló. El caso recayó en manos de los camaristas Daniel Acosta, Carina Lurati y Carlos Carbone (este último se abstuvo en la votación). Los otros dos coincidieron en la decisión de revocar el juicio abreviado por falta de admisibilidad. Sostuvieron que en un primer momento se imputó a Gálvez por tentativa de homicidio y, sin explicitar los motivos que llevaron al cambio de calificación, el fiscal encuadró después el hecho en un abuso de armas. Dijeron que, mientras la querella sostuvo que “nadie dispara contra la nada”, “la Fiscalía describe que no ha quedado acreditado que haya disparado contra la víctima”, pero reclamaba “una condena por un delito que prevé el disparo contra una persona”. A esto agregaron que había “un contexto probatorio confuso” y que, si subsistía la hipótesis de la Fiscalía. el hecho sólo era abarcado “por el ordenamiento contravencional”, es decir, disparar sin direccionamiento.
Cuando se conoció la noticia, la revocación fue interpretada como la posibilidad de que la responsabilidad de Gálvez en el crimen de Herrera sea determinada a través del juicio oral y público en el cual serán juzgados el resto de los imputados en la causa. De hecho, ayer estaba estipulada una audiencia en la cual el fiscal Adrián Spelta iba a presentar una nueva imputación sobre el uniformado.
Pero una nueva lectura del fallo puso el eje en la contravención, es decir: Gálvez no había cometido delito, sino que efectuó disparos sin direccionamiento. Esta interpretación llevó a los defensores del policía a pedir una audiencia de manera urgente para tratar la libertad de su defendido, que se llevará adelante hoy.