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Herrero procesado por abusar de su hija durante una década

Por Negui Delbianco.- El hombre, de 52 años, fue procesado por someter a su niña entre los 8 y los 17 años, mientras su esposa salía a trabajar.

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Un herrero de 52 años fue procesado por abuso sexual agravado y corrupción de menores agravada. La víctima es su hija biológica, de quien vulneró sus derechos fundamentales durante alrededor de una década. El magistrado Juan Andrés Donnola, a cargo del juzgado de Instrucción 7ª, determinó también que el imputado espere el juicio en prisión y dictaminó un embargo contra sus bienes de 250 mil pesos.

“Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”; en estas bases se asienta la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres 26.485 y, en este caso, sirve para explicar el alcance de las prácticas aberrantes a la que fue sometida la víctima en todo este tiempo.

La investigación contra el acusado, identificado como Jorge Alberto U., de 52 años, comenzó formalmente el 25 de abril pasado en el Juzgado de Instrucción 7ª. Sin embargo, la adolescente, de entonces 18 años, comenzó a vencer el miedo a su progenitor a finales del año pasado cuando en una de las materias a la que asistía en su escuela secundaria se trató el tema de la discriminación por género que derivó en la explicación sobre cuándo hay que considerar una situación como violenta.

La confesión

En un momento de la clase, la joven invitó a la profesora a sentarse con sus amigas y le relató la situación de maltrato cotidiano a la que era sometida por parte de su padre. La docente tuvo una respuesta inmediata y concretó el primer encuentro con profesionales del Instituto Municipal de la Mujer (IMM), de Moreno 960, ex Maternidad Martín y el equipo comenzó a trabajar con ella.

De los trabajos con la adolescente surgieron dos informes que respaldaron la denuncia presentada por la muchacha el 25 de abril de este año.

La víctima relató que desde los 8 años, un año después de que una de sus hermanas falleciera tras ser embestida por un automovilista, su padre la sometió a prácticas sexuales aberrantes hasta los 17 años cuando los sometimientos se convirtieron en “abusos simples” mientras su madre se iba a trabajar.

Hasta que consiguió refugio en la casa de su hermana, todos los integrantes de su hogar que estaban bajo la tutela del hombre fueron sometidos a maltratos físicos y psicológicos, similares a una situación de esclavitud. Además de hacerla responsable por la muerte de su hermana, la joven recibía una degradación constante y la vulneración de todos sus derechos.

Testigos de segunda mano  

“En los delitos de abuso sexual resulta difícil la incorporación de pruebas objetivas o directas dado que estos hechos transcurren generalmente dentro de la mayor intimidad, y cuando salen a la luz por el motivo que sea es importante ponderar en principio la verosimilitud en el relato de la víctima y de las constancias que rodean al hecho, firmó el juez Donnola.

“En este punto debe tenerse presente también aquellas personas que han tenido contacto con la víctima y han sido testigos de su relato y padecimientos sufridos a los que se les ha denominado testigos de segunda mano. A todo ello hay que sumarle los distintos exámenes efectuados por profesionales e instituciones, que puedan poner de manifiesto su estado de salud, incidencia del hecho en la misma y grado de verosimilitud de su relato”, puntualizó Donnola en el procesamiento, para luego pormenorizar todos los testimonios que brindaron a lo largo del proceso y que no se detallarán para resguardar la integridad de la víctima.

Del análisis de estos relatos, el juez concluyó que quedó probada la responsabilidad penal del imputado, lo que permite abrir un juicio penal probable de reproche de conductas que aparecen en esencia consumadas por éste.

“No solamente en actos de abuso sexual con o sin acceso carnal, sino además en conductas que permiten su tipificación en el delito de corrupción de menores, tratándose éstas de prácticas sexuales que por sus características objetivas, prematuras, perversas y excesivas, en muchos casos resultan idóneas para depravar sexualmente a la víctima interfiriendo en el libre crecimiento sexual de la víctima (recordemos que los hechos se inician cuando ésta tenía 8 años de edad)”, sostuvo el juez.

“Habiéndose probado suficientemente que el acusado ha ejecutado actos positivos con potencialidad corruptora y que evidentemente entrañan un riesgo y peligro de desviar el futuro sexual de la víctima”, argumenta el magistrado.

El herrero, que está tras las rejas, continuará preso hasta el juicio por orden del juez de Instrucción de la 7ª Nominación, Juan Andrés Donnola.

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