La Cámara en lo Penal Económico confirmó el sobreseimiento de un joven que era investigado por el presunto lavado de activos, ya que cuando fue detenido en septiembre de 2020 se le secuestraron 450.000 pesos con los que, según dijo, pretendía comparar dólar “blue” en una “cueva”, informaron fuentes judiciales.
El fallo, que benefició a un joven que tenía antecedentes por comercialización de estupefacientes, fue dictado por la sala B de la cámara, que recordó que, para que se configure el delito de “lavado de activos”, es necesario que se pruebe la recepción de un dinero de origen ilícito y la intención de convertirlo o ponerlo en circulación en el mercado para que adquiera apariencia de legalidad.
El hecho se produjo el 22 de setiembre de 2020, cuando personal policial detuvo el automóvil que conducía K.A.H. para realizar una requisa, oportunidad en la que advirtió que en el asiento del acompañante había una campera con una importante suma de pesos.
Según constancias del sumario, cuando el personal policía preguntó sobre ese dinero, el joven contestó: “tengo casi medio millón y estaba yendo a la cueva de un amigo a comprar dólares”.
En primera instancia se dictó el sobreseimiento porque, aún cuando se concretara el propósito indicado por el imputado, faltaría el requisito legal de ser introducido en el mercado a través de alguna operación que le diera apariencia de origen lícito.
La fiscalía apeló argumentando que estaba comprobada la incapacidad económica del imputado porque carecía de empleo y que uno de los teléfonos móviles que llevaba cuando se produjo la requisa había sido denunciado como robado.
Además, agregó que el joven había sido condenado un mes antes como partícipe secundario del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, lo que “acrecienta la teoría de que el investigado se encontraría inmerso en actividades ilegales que podrían resultar la fuente generadora del dinero secuestrado”.
Pero para los camaristas Carolina Robiglio y Roberto Hornos las pruebas reunidas en la causa “no resultan suficientes para entender acreditada en el caso la concurrencia de los elementos típicos exigidos por la figura legal en la cual se encuadró el hecho investigado”, por lo que avalaron el sobreseimiento.
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