Después de más de dos años de controversias, llegó a su fin el litigio judicial entre la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) y la compañía de telefonía IPTEL, con la homologación del convenio entre partes que, el 17 de agosto, refrendó el Juzgado en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación Judicial de Venado Tuerto.
Cabe recordar que la UCU había entablado una demanda, en noviembre de 2020, contra la prestadora de servicios telefónicos e Internet en relación con el cargo de “facturación y cobranza”, a su criterio en forma ilegal, impuesto a sus clientes.
Según publicó el diario El Litoral, el acuerdo transaccional incluye la derogación de dicho rubro por parte de IPTEL a partir de la fecha de la firma del acuerdo, y, además, la empresa se compromete a efectuar el correspondiente reintegro a los consumidores que hayan pagado dicho cargo durante el período de septiembre de 2017 a julio de 2021.
Si bien, en un primer momento, la demandada ensayó argumentos de defensa, según consta en la resolución judicial firmada por la jueza María Celeste Rosso, “luego de una serie de conversaciones iniciadas con finalidad conciliatoria, es interés de las partes llegar a una solución integral de lo debatido en el proceso con el objetivo de poner fin al estado de incertidumbre en torno al tema”.
Defensa desde UCU
“Cuando detectamos que se estaba incluyendo un ítem en concepto de ‘facturación y cobranza’, que no está permitido, se inició una demanda colectiva a los efectos de que, en primer lugar, la empresa cese en ese cobro -cosa que ocurrió hace bastante tiempo- y, en segundo lugar, se reintegrara la sumatoria de esos $39 mensuales por cliente, que puede parecer un valor insignificante, pero en total significa más de ocho millones y medio de pesos”, dimensionó el abogado y referente de la UCU en Venado Tuerto, José María Cónzoli.
“El monto global, y por todo el período sujeto a reintegro, asciende a la suma de $8.525.283, denominada en adelante ‘el reintegro’, y será abonado por IPTEL a todo su universo de abonados (vigentes y no vigentes), conforme los plazos, condiciones y modalidades de reintegro que se detallan en el presente acuerdo”, establece el convenio, el cual incorpora diferentes modalidades para clientes conectados y no conectados a la firma del acuerdo, y se detallan los plazos y condiciones (notas de crédito y acreditación bancaria, entre otras alternativas) para su ejecución.
Asimismo, se establece un derecho de exclusión para los miembros del grupo representado por la UCU, es decir que, con sólo declararlo, el usuario puede desvincularse de la solución general proporcionada por el acuerdo.
Con aviso público
En dicho acuerdo, con homologación judicial, se contemplaron medidas de publicidad (los avisos se incluyeron en las ediciones impresas de Sur24 del 28 de agosto y 4 de septiembre) para informar a los consumidores sobre el acuerdo y sus derechos, donde consta el siguiente texto: “A los fines de conocer las modalidades, plazos y montos a reintegrarse, los consumidores podrán ingresar a la página web de UCU, como de IPTEL, o bien contactarse por los diferentes canales a disposición, digitales y/o presenciales, a fin de interiorizarse de la información detallada y medios para ejercer su opción de reintegro”.
Además, Cónzoli informó que, en caso de existir un remanente -dinero no reclamado por los damnificados-, será donado al Centro de Educación Física N° 54 con la finalidad específica de contribuir a la construcción de la cancha de hockey de césped sintético del organismo provincial, como ya sucedió en beneficio del Hospital Gutiérrez, cuando el penalizado había sido un supermercado céntrico.