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Justicia de Rosario condenó a Volkswagen por plan de ahorro

Le ordena devolver a los herederos de un fallecido las cuotas que el hombre había pagado por un Gol. El seguro no se hizo cargo y la financiadora dilataba la información del plazo de reintegro y el cálculo de actualización del monto

La Justicia rosarina confirmó la condena a Volkswagen Argentina a pagar a los herederos de un hombre que falleció cuando había cancelado el 90 de las cuotas de un plan de ahorro. La empresa había argumentado que tenía unos pagos en mora y no le quería devolver el monto ya abonado por el hombre para la compra de un vehículo.

El hombre había abonado 76 de las 84 cuotas pactadas para acceder a un automóvil Gol. Cuando falleció, el seguro de vida atado al plan de “autoahorro” no se hizo cargo de los 8 pagos restantes porque –argumentó– el titular de la cuenta estaba en mora desde el número 77.

Los familiares del hombre resolvieron entonces no retirar el vehículo pagando lo que restaba y, en cambio, pidieron la devolución del monto correspondiente a las 76 cuotas ya abonadas, actualizadas según el valor del auto.

El plan de ahorro tomó como renunciados a los herederos, pero no informó cuál sería la liquidación final, el plazo en el que les reintegraría las cuotas a los familiares y la forma de computar la actualización de su valor.

El el juez Carlos Cadierno ordenó pagar las cuotas en un fallo de primera instancia que fue confirmado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. La resolución destaca que el proveedor “debe suministrar al consumidor conocimientos suficientes a fin de permitirle efectuar una elección racional y fundada respecto de un determinado bien o servicio”. Y agrega que “el consumidor tiene derecho a ser debidamente informado sobre las características, cualidades, modos de utilización y riesgos que tiene el producto o servicio ofrecido”. Lo anterior, en relación con la negativa del seguro a cubrir el faltante ante el fallecimiento del titular.

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