La sala IV de la Cámara Penal rechazó el recurso de inconstitucionalidad planteado por la defensa de Emanuel Suárez, involucrado junto con otros dos acusados –que en su momento fueron condenados– en el homicidio de Roberto “Pimpi” Caminos, ocurrido en marzo de 2010 en la puerta de un bar ubicado en la zona oeste. La causa se ventiló a través de juicio oral donde el acusado resultó absuelto, aunque el fallo fue revocado por la Cámara Penal, que ordenó la constitución de un nuevo tribunal para el dictado de una nueva sentencia. Previo a ello, los camaristas debieron resolver el planteo defensivo, que finalmente fue rechazado. Ahora la causa deberá bajar a primera instancia para que el tribunal compuesto por Julio César García, Alejandro Negroni y Jesús Alberto Rizzardi resuelva la situación procesal del acusado, quien transitará esta etapa en libertad aunque con algunas restricciones.
Por el crimen del ex jefe de la barra brava de Newell’s llegaron a juicio oral René Ungaro, Carlos Godoy y Emanuel Suárez. Los dos primeros fueron condenados a 17 y 11 años de cárcel, respectivamente, mientras que Suárez fue absuelto por el tribunal compuesto por Gustavo Salvador, Julio Kesuani y José Luis Mascali.
La apelación del decisorio cayó en manos de los magistrados Daniel Acosta, Rubén Jukic y Adolfo Prunotto Laborde, que disminuyeron la condena de Ungaro a 11 años y revocaron la absolución dictada a favor del acusado, a la vez que dispusieron la conformación de un nuevo tribunal oral de primera instancia para que valore las pruebas del juicio y dicte nueva sentencia.
Ante ello la defensa de Suárez planteó un recurso de inconstitucionalidad contra el fallo, al entender que la chance de apelar un fallo absolutorio le corresponde al imputado, a la vez que sostuvo que la resolución era arbitraria en el análisis probatorio, que es “violatoria de los principios de non bis in idem, oralidad, concentración e inmediatez”, entre otros principios.
Ante dicho planteo, la sala IV entendió que se incumplieron los requisitos formales del recurso y que en la extensa y detallada reseña que hace la defensa da una visión parcial y unilateral de lo ocurrido, donde se omiten muchos de los antecedentes fácticos relevantes del proceso, refiere el fallo.
A lo que agrega que no se trata de una sentencia definitiva, pues no pone fin al proceso ni impide su continuación.
Respecto del principio del non bis in idem y al reenvío de la causa, los camaristas entendieron que “no se lesiona garantía constitucional alguna”. A ello agregaron que el tiempo que demanda una nueva sentencia siempre es menor al que requiere un nuevo juicio y rechazaron el plateo.
La libertad de Suárez
Al revocarse la sentencia, la fiscalía y la querella habían solicitado la prisión preventiva del acusado, lo que fue rechazado por el juez Julio César García (presidente del tribunal que revisará la sentencia junto con sus pares Alejandro Negroni y Jesús Alberto Rizzardi) aunque dispuso una serie de restricciones, como presentarse cada 15 días en el Tribunal, no salir de la provincia y presentar una caución de 10 mil pesos. Esa decisión fue cuestionada por la querella, pero confirmada por los tres integrantes del tribunal, por lo que Suárez transitará la revisión del fallo en libertad.