La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) dio a conocer ayer una resolución por la cual los operadores de la cadena agroalimentaria deberán informar las existencias y movimientos de granos a partir de abril.
De acuerdo con lo expresado en el Boletín Oficial, la medida se adoptó ante la necesidad de “simplificar la operatoria de registración de movimientos físicos de granos, y consolidar la captación de dicha información a los efectos de agilizar su utilización”.
En ese sentido, el presidente del Movimiento Argentino de Jóvenes Agrarios (Maja), Esteban Motta, sostuvo que el registro “demostrará que los que se guardan los granos son los grandes productores y exportadores, y no los pequeños ni las cooperativas”.
“No es trascendente, ni va a modificar ni complicar ninguna situación; es un registro de control que el Estado tiene potestad de hacer”, indicó Motta.
A su criterio, “puede servir para transparentar y poner en evidencia cómo es la situación, de manera de poder comenzar a discutir una política segmentada que beneficie a los pequeños productores”.
Por su parte, el titular de Coninagro, Carlos Garetto, aseguró: “Para nosotros es importante el control y fiscalización en la operatoria de toda la cadena, y es necesario ampliar la base tributaria evitando la marginalidad y la evasión impositiva”.
Garetto sostuvo que “si bien ya existía un sistema de información periódica para los operadores del comercio de granos, esta resolución los obliga a declarar diariamente el movimiento de cereales y oleaginosas”.
“Esto permitiría una mayor recaudación y la posibilidad de bajar impuestos, como un incentivo a incorporar tecnología y aumentar la productividad que nos daría más volumen y recursos (dólares) para el país”, agregó Garetto.
La Resolución General de la Afip, publicada ayer en el Boletín Oficial, establece un régimen de registración sistémica de movimientos y existencias de granos no destinados a la siembra –cereales y oleaginosos– y legumbres secas –porotos, arvejas y lentejas–, propias o de terceros.