Search

La Afip reglamentó el proyecto de exteriorización de moneda extranjera

Mediante la resolución Nº3509, la entidad confirmó que no se cobrarán impuestos para el ingreso de dinero no declarado. En principio, habrá tiempo hasta el 30 de septiembre. Faltan las normas del Banco Central y del Ministerio de Economía.

blanqueo-dentroTal como lo había anticipado su titular, Ricardo Echegaray, la Afip reglamentó la exteriorización de moneda extranjera confirmando que, en principio, el plazo para el ingreso de dinero no declarado al sistema formal vencerá el 30 de septiembre. Ahora, quedan pendientes las disposiciones normativas del Banco Central y del Ministerio de Economía.

La resolución Nº3509, ratifica lo dispuesto por la ley 26.860 (de «Exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior»). La norma dictada por la Afip indica que quienes ingresen al blanqueo «no estarán obligados a informar a esta Administración Federal la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con los que fueron adquiridas».

Si bien la resolución del organismo establece que «la exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior, conforme lo establecido por la Ley Nº 26.860, podrá realizarse hasta el 30 de septiembre de 2013, inclusive», la ley promulgada por el Ejecutivo deja abierta la posibilidad de extender ese plazo mediante un decreto. En ese sentido, fuentes del equipo económico indicaron a ámbito.com que la posibilidad de ingresar el blanqueo se podría estirar hasta diciembre.

Además, la Afip dispuso que en el caso de exteriorización de capitales, los bancos deberán informar sobre la afectación de los fondos según se destinen a Certificados de Depósito para Inversión (Cedin), al Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (Baade) o al Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico.

Ayer, Echegaray explicó que la Afip «tendrá en tiempo real» los antecedentes de quienes se presenten al blanqueo y que «actuará en caso de presentarse alguna operación sospechosa».

«En esos casos la Afip no actuará sobre el Cedin para bloquearlo, porque puede haberse vendido a otra persona, sino que actuará directamente sobre el contribuyente, aplicando la ley penal tributaria y el Banco Central la ley penal cambiaria», agregó.

Bonus New Member
linitoto