La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó los servicios turísticos dentro de las actividades obligadas a informar, sobre los contratos y las prestaciones realizadas en el exterior. De esta forma, las agencias de turismo deberán informar de manera detallada sobre los paquetes vendidos para justificar la necesidad de comprar dólares en el mercado único y libre de cambios.
Lo hizo a través de la Resolución General 3395, publicada este viernes en el Boletín Oficial, donde agregó dentro de la herramienta informática denominada Ventanilla Unica Electrónica del Comercio Exterior, la información correspondiente a los pasajes de viajes en buques o aeronaves, así como a los gastos de turismo y viajes por servicios contratados al exterior concertados por operadores turísticos que actúan en el país.
La Ventanilla Unica Electrónica del Comercio Exterior contiene la información sobre determinadas prestaciones de servicios efectuadas por sujetos del exterior a prestatarios residentes en el país, y por prestadores residentes en el país a prestatarios del exterior. Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de mañana.