La causa en la que se investiga el supuesto espionaje ilegal y en la que está imputado el ex ministro de Seguridad de Santa Fe, Marcelo Sain, seguirá en el fuero provincial. Así lo resolvió el juez Jorge Patrizi, que rechazó la declaración de incompetencia. La había solicitado la defensa de Sain, que pedía que la causa pasara a la órbita federal.
Los abogados Hernán y Santiago Martínez, y Juan Lewis, defensores de Sain y los demás imputados en la causa por espionaje ilegal, justificaron el pedido en que uno de los delitos imputados y por la pretendida asociación ilícita es de competencia federal. Se trata de la violación a la Ley Nacional de Inteligencia (Nro. 25.520), o delito de espionaje.
El fiscal Ezequiel Hernández, a cargo de la investigación sostenía ante una consulta del diario santafesino El Litoral: que «la competencia federal es excepcional. De ninguna manera la ley que nosotros citamos (de Inteligencia Nacional) prevé la competencia federal. No hay ley que establezca que este delito deba serlo».
Para los defensores, “la acusación hecha por el MPA, más allá de imprecisiones o descripciones de hechos que se puedan considerar manifiestamente atípicas consisten en conformación de asociación ilícita con la finalidad de la comisión del delito de espionaje previsto en la ley 25520; realización de acciones de inteligencia prohibida por la ley 25520” que, por la materia, constituyen lo esencial de la pretensión acusatoria.
“Esta ley es de naturaleza federal y otorga competencia en razón de la materia a la justicia federal y no a la Justicia provincial. La competencia federal está programada en el arto 116 CN, 75 inc. 12 de la CN y en la ley 48 que organizó la justicia Federal; del juego de estas normas constitucionales y la ley 48 surge claro que la legislación común se aplica alternativamente en la Nación o Provincia según las cosas o personas -dice la CN- caigan bajo su jurisdicción. Pero paralela y simétricamente a esta variante; federal por la persona o federal por el lugar, en lo que es competencia en razón de la materia, la justicia Federal entiende en forma exclusiva y excluyente, entonces si la propia acusación está sosteniendo sus hechos y tipificando las conductas que pretende punir en una norma que está prevista en la ley 25520 que se denomina empíricamente «espionaje ilegal», no hay otra posibilidad que esa cuestión sea de competencia de la justicia federal”, plantearon.
El juez Patrizi rechazó la pretensión de la defensa, por entender que las tareas de inteligencia criminal supuestamente irregulares, formaron parte de un curso de acción “circunscripto al ámbito provincial”, y no quedó acreditado que hubiesen intervenido organismos nacionales. Tras valorar jurisprudencia en uno y otro sentido aportada por ambas partes, el magistrado se acogió al criterio sentado por la Core en el sentido de otorgar carácter restrictivo a la competencia federal. “La CSJN ha expresado que la intervención de la Justicia de excepción está condicionada a la existencia de hechos que puedan perjudicar directa y efectivamente” al ámbito federal.