La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó medidas cautelares para que la provincia de Santa Fe se abstenga de cobrar una mayor alícuota en concepto de Ingresos Brutos a empresas que, con sede en otra jurisdicción, desarrollan su actividad también en su territorio.
Tal como lo hizo en la demanda promovida por Helacor S.A., dedicada a la fabricación de helados, en una causa contra la provincia de Buenos Aires, la Corte Suprema dictó las medidas cautelares al declarar su “competencia originaria” en los expedientes iniciados por las sociedades anónimas BGH, Autosal y Promedon.
BGH, dedicada a la fabricación de artefactos para el hogar; Autosal, también en el rubro de electrodomésticos y Promedón, en productos médico quirúrgicos, y que tienen sus sedes en Tierra del Fuego, San Luis y Córdoba, respectivamente, iniciaron demandas “declarativas de certeza” contra Santa Fe.
En todos los casos se quejaron porque Santa Fe, por no tener sus domicilios en esa provincia, le aplica una alícuota en concepto de impuesto a los Ingresos Brutos de hasta el 4,5 por ciento, cuando para las empresas locales la tasa es casi 10 veces menor o están exentas del tributo.
La Corte Suprema de Justicia prohibió que Santa Fe cobre una tasa diferencial en concepto de Impuesto a los Ingresos Brutos a esas empresas, hasta que se dicte sentencia.
Además, al dictar las cautelares, la Corte le dio “traslado” de las demandas a Santa Fe para que las conteste en el plazo de 60 días, y le ordenó que, hasta que se resuelvan los litigios, se abstenga de disponer cualquier medida sobre el patrimonio de las empresas.
Las medidas cautelares fueron dictadas con la firma de los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, quienes coincidieron con los dictámenes previos de la Procuradora Fiscal Laura Monti.