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La Corte provincial confirmó el sobreseimiento del ex jefe policial Juan Quesada por enriquecimiento ilícito

Pasaron 30 años del presunto enriquecimiento ilícito, 16 de la investigación administrativa y 10 de la judicial. Terminó en un sobreseimiento por el paso del tiempo

La Corte Suprema de Justicia provincial confirmó el sobreseimiento por prescripción de la acción penal del ex jefe policial Juan Alberto Quesada. Contra el comisario principal se inició una investigación administrativa y luego judicial por el delito de enriquecimiento ilícito por la adquisición de unas propiedades en los años 1991 y 1992. El letargo en la investigación terminó echando por tierra la causa que este jueves llegó a su fin. Daniel Erbetta votó en disidencia parcial y criticó duramente el letargo y propuso la remisión de las actuaciones al Ministerio Público de la Acusación (MPA) para una investigación a los funcionarios tanto policiales como judiciales que intervinieron en la causa pero ello no tuvo acogida entre sus pares.

Juan Alberto Quesada fue sobreseído en la investigación por enriquecimiento ilícito en septiembre de 2019 por el juez Juan José Alarcón bajo el fundamento de la prescripción de la acción penal. Esa decisión fue confirmada por la Cámara Penal y ahora la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe avaló la decisión.

La adquisición de inmuebles durante los años 1991 y 1992 puso la lupa sobre Quesada que en ese momento se desempeñaba como comisario principal. En 2004 y a través de una denuncia se inició una investigación administrativa.

En 2005, el uniformado cesó en sus funciones y recién en 2008 lo intimaron para que justificara los bienes. En febrero de 2009, se determinó administrativamente que no estaba justificado el incremento patrimonial y se inició la etapa judicial de la pesquisa, se describió en la decisión.

El escrito continuó con el proceso de forma cronológica y contó que Quesada fue citado a indagatoria el 19 de febrero de 2009, acto que se cuenta como interruptivo de la prescripción.

Durante los dos años siguientes la causa no tuvo movimiento por un conflicto de competencias entre las Fiscalías. Volvió a activarse en abril del 2011 y en agosto se dictó un embargo del 50 por ciento de los bienes del ex jefe policial que recién fue indagado en marzo de 2012.

En tanto, en 2014 hicieron una pericia contable y solicitaron información complementaria que recién fue cumplimentada en marzo de 2018. El documento concluyó que a partir de noviembre de 1993 Quesada tuvo un incremento apreciable en su patrimonio, siendo mayor el importe del inmueble adquirido que sus ingresos, explicó la resolución.

En mayo de 2018 y por segunda vez, la defensa del ex jefe policial pidió el sobreseimiento por prescripción lo que fue dictado por el juez Alarcón en septiembre de 2019. El magistrado entendió que el acto interruptivo de la prescripción ocurrió en febrero de 2009 con el llamado a indagatoria y teniendo en cuenta esa fecha y el máximo de la pena del delito investigado, es decir 6 años, la causa se encuentra prescripta. Este fallo fue apoyado por la Cámara Penal y ahora la Corte Suprema de Justicia provincial.

El juez del máximo tribunal Daniel Erbetta votó en disidencia y dijo que desde el llamado a indagatoria y la resolución de sobreseimiento por prescripción pasaron 10 años sin que se resolviera el caso. Recordó que desde el inicio de la investigación administrativa pasaron 16 años y estuvo dos años paralizada la causa en la Fiscalía entre 2009 y 2011, la pericia contable llevó casi 4 años y hubo que requerir una ampliación que duró otros 4 años.

“No puede dejar de advertirse lo llamativo y alarmante de las demoras que sufriera la investigación de los hechos aquí imputados, tanto en sede policial como judicial” y citó una parte de la resolución de primera instancia: “…No sólo la desidia en la tramitación de una causa que revestía, desde sus inicios, trascendencia institucional, sino también porque pone de relieve también la perplejidad que genera que durante tantos años se haya dejado transcurrir el tiempo sin siquiera efectuar algún requerimiento con finalidad de impulsar el proceso”.

El ministro dijo que si bien el planteo no puede prosperar se lamentó de las tantas situaciones de demora que se dieron en el transcurso de la causa. “En esta instancia debemos asumir, en función del obligado acatamiento de las normas constitucionales y legales aplicables, hacernos cargo de la inactividad y hasta la irresponsabilidad funcional de quienes en su momento tenían todas las posibilidades y la obligación de perseguir y, eventualmente, resolver el caso, aceptando que en el presente la decisión de sobreseimiento del imputado por prescripción de la acción penal no puede ser descalificada en esta instancia”, indicó.

Finalmente, Erbetta postuló la intervención del MPA a los efectos de investigar y deslindar las eventuales responsabilidades penales de los funcionarios públicos que intervinieron en la causa, tanto en la oficina de Asuntos Internos de la Policía de Santa Fe como en relación con los fiscales y magistrados que actuaron en el trámite de instrucción.

La Corte sólo resolvió rechazar el recurso de queja contra la resolución que dispuso el sobreseimiento por prescripción de Juan Quesada.

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