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La Corte Suprema habilitó la consulta por la re-reelección del gobernador Casas

El máximo tribunal de Justicia rechazó el amparo que presentó Cambiemos para frenar la consulta popular que el gobernador riojano convocó para definir la validez de la reforma constitucional que le permitiría presentarse en busca de un nuevo mandato. El referendo se realizará el domingo

En un fallo dividido, la Corte Suprema de Justicia desestimó este viernes el amparo que presentó Cambiemos para frenar la consulta popular que el gobernador de La Rioja Sergio Casas convocó para definir la validez de la reforma constitucional que le permitiría presentarse por su re-reelección.

Los jueces del máximo tribunal se reunieron este viernes en medio de la feria para expedirse sobre el caso y decidieron “desestimar la acción de amparo interpuesta”, en línea con el dictamen de la Procuración General de la Nación, que el último lunes recomendó no intervenir por tratarse de una cuestión provincial.

El fallo fue dividido: la vicepresidenta del máximo tribunal, Elena Highton, y los vocales Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti votaron a favor de desestimar el planteo por considerar que “no puede entenderse consolidada la presencia de un caso que habilite” la intervención de la Corte, mientras que el presidente, Carlos Rosenkrantz, opinó lo contrario.

De esta forma, sigue en pie la consulta popular convocada para el domingo en La Rioja, donde los ciudadanos deberán avalar o rechazar la enmienda constitucional aprobada por la Legislatura que le permitiría a Casas volver a presentarse como candidato a gobernador este año.

Tras haber sido electo como vicegobernador de Luis Beder Herrera en 2011, Casas asumió como gobernador en 2015 y, de acuerdo a la Constitución local, quien haya integrado la fórmula ganadora por dos períodos seguidos no puede ir por un nuevo mandato.

Por esta razón, el dirigente peronista impulsó una enmienda constitucional que, luego de haber sido aprobada por la Legislatura, requiere ser ratificada en una consulta popular.

Cambiemos, a través del presidente de la UCR riojana, Héctor Olivares, y del interventor del PRO local, Marcelo Wechsler, objetó la enmienda y también el llamado a la consulta con el fundamento de que la Constitución riojana establece que ese plebiscito debe llevarse a cabo conjuntamente con las elecciones generales y no antes.

En su fallo, la Corte Suprema consideró que “la apertura del procedimiento destinado a la reforma” constitucional, tanto con la sanción de la ley de enmienda como del decreto que convoca a la consulta popular “no genera una afectación constitucional específica en cabeza de los peticionarios”.

Los jueces Highton, Lorenzetti y Rosatti señalaron que “el procedimiento de consulta popular que se intenta interrumpir no causa estado por sí mismo” y que “la eventual afectación constitucional” recién se daría si “el pueblo riojano se expidiera en la consulta popular y, con su resultado, fuera convalidada la enmienda constitucional”.

La Corte exhortó a los tribunales riojanos a resolver la cuestión: “Es necesario enfatizar que los tribunales locales convocados a actuar deben resolver con la prontitud con la que lo está haciendo esta Corte, para evitar que reine la incertidumbre o termine primando el hecho por sobre el derecho”.

En disidencia, Rosenkrantz consideró que “el planteo constitucional central esgrimido –nuevamente, referido al proceso de enmienda y no al contenido de la enmienda– es un agravio concreto y actual que, de no atenderse mediante un pronunciamiento jurisdiccional, se consumará definitivamente”.

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