La Corte Suprema de Justicia rechazó hoy por unanimidad el pedido de per saltum presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra el DNU 70/23 del gobierno del presidente Javier Milei.
El máximo tribunal consideró en su decisión que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia” para acelerar el debate de la norma, tal y como había solicitado Gil Domínguez en su presentación.
El abogado constitucionalista había impulsado un proceso con el objetivo de que se le ordene a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores que, en el plazo de 30 días hábiles, den “expreso e inmediato tratamiento” al DNU para rechazarlo o aprobarlo en el marco de la ley 26.122.
En tanto, el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°1 ya había desestimado el planteo por ausencia de “controversia”. Tras este fallo, Gil Domínguez interpuso recurso extraordinario por salto de instancia (per saltum) a la Corte Suprema.
En este marco, el máximo tribunal, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, recordó este martes que la admisibilidad del recurso extraordinario se encuentra subordinada a la existencia de un caso o controversia.
La Corte Suprema había rechazado anteriormente dos planteos contra el decreto de necesidad y urgencia DNU 70/23 del gobierno de Javier Milei. Se trató de las acciones impulsadas por el gobierno de La Rioja y por la agrupación de abogados Gente de Derecho.
La consecuencia directa e inmediata de esa resolución fue que el DNU mantuvo su vigencia con excepción de los capítulos que fueron expresamente suspendidos o invalidados por otros tribunales, como por ejemplo la reforma laboral o la derogación de la Ley de Tierras.