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La Fiscalía no apelará el fallo que absolvió a un prefecto acusado del homicidio de un adolescente

Karina Bartocci había pedido 20 años de cárcel para el agente federal que, según los jueces, actuó en legítima defensa. Para la querella, la sentencia fue arbitraria porque se basa en una serie de prejuicios y estigmas sociales sobre el barrio donde vivía el adolescente para desconocer la ejecución

La decisión del tribunal que absolvió al prefecto que en 2015 mató a tiros a un adolescente en la puerta de su casa de barrio Tablada será revisada por los camaristas Javier Beltramone, Carolina Hernández y Carina Lurati luego de que la querella –que había pedido 30 años de cárcel para el uniformado– apelara el fallo que respaldó su accionar bajo la figura de legítima defensa. Por su parte, la fiscal de Violencia Institucional Karina Bartocci, quien había solicitado una condena a 20 años de prisión para el agente federal por el delito de homicidio agravado, desistió de apelar. Para la familia de Maximiliano Zamudio, que no baja los brazos en su búsqueda de justicia, la Fiscalía los abandonó una vez más ya que en otras dos oportunidades había archivado la causa.

Legítima ejecución

El 31 de agosto pasado, los jueces Héctor Núñez Cartelle, Valeria Pedrana y Paula Álvarez absolvieron al prefecto Ariel Condori Apaza del delito de homicidio agravado al entender que la muerte del adolescente de 16 años Maximiliano Zamudio, asesinado de un tiro en el pecho y otro en la nuca, fue un caso de legítima defensa.

Para la querella se trata de una sentencia peligrosa porque legitima el gatillo fácil. “Hay un trasfondo ideológico en el fallo que tiene que ver con que se justifica la situación de peligro del homicida por el simple hecho de estar transitando por un barrio peligroso. Eso fue muy utilizado por la defensa durante el juicio en términos argumentativos pero no probatorios. Y el tribunal lo termina tomando en sus fundamentos, lo que da cuenta de una situación muy arbitraria y estigmatizante”, dijo Salvador Vera, uno de los abogados querellantes que apeló la resolución judicial.

En ese sentido resaltó que “hubo una serie de prejuicios y estigmas sociales muy fuertes para legitimar una ejecución basados en la procedencia de la víctima, en el lugar y el barrio donde vivía”.

Zamudio recibió dos tiros, uno en el pecho y otro en la nuca, la noche del 27 de mayo de 2015 en la puerta de su casa ubicada en una cortada de tierra a la altura de calle Patricias Argentinas al 4300, de barrio Tablada.

Por allí manejaba un viejo Ford Falcon el prefecto Condori, con ropa de civil y un arma que no era reglamentaria. Según su versión, el adolescente se acercó a la ventanilla del auto con intenciones de robo –lo que no quedó acreditado en el juicio– y como pensó que estaba armado –en el debate la defensa precisó que el adolescente vestía un buzo talla XXL– le disparó.

Pero la secuencia, de acuerdo a lo esgrimido por los abogados querellantes que acusan al prefecto de homicidio, tuvo dos momentos que marcaron la diferencia entre defensa y ejecución.

Zamudio “sufrió primero un disparo de un arma de guerra calibre 40 de frente en el pecho que lo inhabilitó absolutamente y como si fuera poco, luego fue ejecutado de un disparo en la nuca, y esto es lo delicado de este fallo absolutorio: desconoce esos dos momentos”, dijo Vera.

“El tribunal desconoció el relato de testigos y el informe de reconstrucción integral que menciona las dos posiciones de la víctima y del tirador. Para el tribunal se dio todo en una sola secuencia rápida y eso no es lo que se probó en juicio”, agregó tras mencionar que se recolectó una vaina servida dentro del vehículo y otras dos en el suelo.

A su entender esa secuencia está clara “por las dos posiciones que adoptó el prefecto Condori al disparar el primer tiro desde el interior del auto y el segundo luego de descender” y en las heridas que tenía el adolescente: “un balazo en el pecho y otro, ya girado, en la nuca”. Para Vera eso “fue desconocido por el tribunal que termina legitimando una situación de homicidio, una ejecución: cuando ya no hay motivos para entender que se encontraba bajo algún tipo de riesgo, cuando la víctima estaba completamente neutralizada, herida, perforada su pecho y su espalda por un arma de guerra”.

Vera agregó que tampoco se tuvo en cuenta que quien disparó fue un agente de las Fuerzas de Seguridad, lo que le suma gravedad institucional al homicidio y lo que a su entender tampoco tuvo en cuenta el tribunal que absolvió al prefecto.

En ese sentido dijo que por su calidad de agente federal debería haber actuado de otra manera “como proceder a su detención, llamar al 911 o, si se sentía en peligro por la presencia de familiares o vecinos, simplemente irse del lugar; pero no ejecutar a la víctima”.

Por último, desde la querella entendieron que el tribunal absolvió a Condori por su declaración al cierre del debate pero advirtieron que fueron “simples manifestaciones que no tuvieron ningún respaldo ni sustento en la evidencias que se ventilaron en juicio”. Por esas razones tildaron el fallo de “arbitrario, estigmatizante y peligroso” y plantearon su revisión por un tribunal de segunda instancia.

“Inexperiencia o negligencia”

En relación al desempeño de la fiscal Karina Bartocci durante el debate oral tanto la familia de Zamudio como sus abogados querellantes dijeron estar desconformes. Lo mismo ante su decisión de no apelar el fallo que absolvió al prefecto por el que la funcionaria había solicitado 20 años de condena al considerarlo autor de homicidio agravado.

“Independientemente de las medidas que la Fiscalía no realizó durante la investigación, en el juicio se ventilaron elementos de prueba que hubieran sido suficientes para una condena si la Fiscalía no hubiera cometido los errores que cometió. No sabemos si esos errores fueron producto de la inexperiencia de la fiscal para estar en juicio o si se trataron de situaciones que tienen que ver con una actuación negligente, pero lo cierto es que esas situaciones se desplegaron en relación a temas centrales del debate”, dijo Vera.

Desde el Ministerio Publico de la Acusación (MPA) informaron que la fiscal Bartocci no apelará la resolución judicial: “Ante el veredicto absolutorio y dos archivos previos de fiscales intervinientes entiende que la Cámara de Apelaciones confirmará el fallo”.

El primer fiscal que investigó el homicidio de Zamudio fue Miguel Moreno, quien dejó que el prefecto continúe en sus funciones y en libertad hasta marzo de 2017 que archivó la causa.

La lucha de la familia, en especial de María, la mamá de Maximiliano, permitió que el caso sea desarchivado y se le designe al fiscal Rafael Coria –actualmente juez– quien volvió a solicitar el archivo, decisión que también lograron revertir las organizaciones sociales y la lucha de los familiares.

Así la causa fue reasignada a la fiscal de la Unidad de Corrupción y Violencia Institucional Karina Bartocci, quien a finales de 2018 imputó al prefecto por homicidio agravado y lo llevó a juicio oral que se realizó a finales de agosto pasado donde pidió que lo condenaran a 20 años de prisión, instancia en la que el tribunal decidió absolverlo.

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