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La Justicia autorizó a Amado Boudou a salir del país

La Sala I de la Cámara Federal permitió al ex vicepresidente a viajar al extranjero al revocar una decisión del juez Lijo. Aún resta definir el mismo pedido hecho a Oyarbide, quien lleva adelante otra causa contra el ex funcionario.

La Sala I de la Cámara Federal autorizó hoy a Amado Boudou a viajar al extranjero, al revocar una decisión del juez Ariel Lijo que le había negado la salida del país en el marco de la causa Ciccone, aunque el exvicepresidente aún no puede abandonar la Argentina.

Esto es debido a que sigue en pie la prohibición de salida del país que resolvió el juez federal Norberto Oyarbide en otra causa en la cual indagó al exvicepresidente a raíz de presuntas dádivas, por vuelos gratuitos que hizo el 17 de diciembre de 2011 a Necochea.

Oyarbide corrió vista al fiscal Carlos Rívolo a raíz de que la defensa de Boudou le pidió revisar su propia decisión, y es el único escollo que impide ahora que el ex funcionario (quien el 10 de diciembre perdió sus fueros) viaje al exterior.

La semana pasada en el marco de la causa por la compra de la ex Ciccone Calcográfica, en la que Boudou está procesado por los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública y cohecho, el ex titular del Senado pidió autorización para viajar a México hasta el 31 de enero.

Lijo le denegó la autorización al considerar que permanecer fuera del país por más de cuarenta días ponía en riesgo el desarrollo de la investigación.

Ahora, los camaristas Jorge Ballestero y Eduardo Freiler revocan ese fallo y le permitieron a Boudou viajar de acuerdo a lo que tenía planeado.

«En el transcurso de la prolongada instrucción llevada a cabo -en la que se proveyó un sinfín de medidas probatorias de notable complejidad- no se advirtió -ni fue apuntada por el magistrado a quo- actuación alguna que permita conjeturar una actitud elusiva u obstaculizadora por parte del recurrente», consideraron los jueces.

«No puede perderse de vista, por lo demás, que la denegatoria unilateral de la prerrogativa en debate -a contramarcha del consentimiento expreso otorgado por el titular de la acción penal pública- supone una vulneración al modelo de proceso acusatorio diseñado en nuestra Constitución Nacional», advirtieron además los camaristas.

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