En junio de 2009, la DGA había decidido el comiso del yate Mocho Bylu, matrícula REY27068, e imponer a Passarella una multa de 1.009.490,10 pesos, equivalente a cuatro veces el valor de la embarcación.
La Sala B de la Cámara recordó que en diciembre de 2006 el Tribunal Oral en lo Penal Económico Tres (TOPE 3) benefició al ex capitán y director técnico de la selección argentina con una «probation», imponiéndole reglas de conducta durante dos años y tres meses, a cambio de la suspensión de juicio en su contra.
La Cámara recordó que las condiciones impuestas a Passarella, como «realizar tareas no remuneradas en una escuela durante seis horas semanales, no ejercer el comercio, no desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad ni empleado público», fueron tenidas por cumplidas en octubre e 2009 por el TOPE 3.
La Sala B de de la Cámara discrepó con el otorgamiento de la probation a Passarella, concecida con el aval del fiscal Jorge Pezzano Rava, pero recordó que, cumplidas las condiciones que se le impusieron, quedó extinguida la acción penal en su contra.
La causa se inició en 1997 cuando el entonces Administrador Federal de Ingresos Públicos Carlos Silvani, denunció que se había declarado la compra del yate en Miami a un valor de 70.000 dólares, aproximadamente un tercio del precio real abonado por la embarcación y las mejoras que se le realizaron.