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“La justicia nos golpeó a favor del poder”

Familiares recordaron a las víctimas en nuevo aniversario y volvieron a cuestionar el fallo. Esta semana el tribunal dio a conocer los fundamentos de la sentencia

Una vez más, por quinto año consecutivo, a las 9.38 del 6 de agosto se hizo el acto de los familiares para recordar y pedir justicia por la explosión en Salta 2141. Este martes se cumplieron seis años de la tragedia que se cobró 22 víctimas. Los familiares se reunieron otra vez en la zona de la tragedia y llevaron adelante un emotivo recordatorio, esta vez con el mal sabor de una condena que no era la esperada. Sólo el gasista fue encontrado culpable y el resto absuelto.

El minuto de silencio y el ruido de la sirena en el acto hicieron estremecer ayer el cuerpo al recordar aquella mañana fatídica.

Tras eso, Cecilia Petroccelli entonó las estrofas del himno nacional, como lo hace cada año. Los familiares arrojaron flores al predio donde se encontraba el edificio y donde murieron sus hijos.

«Nos miramos y nos preguntamos cómo resistimos tantos años, tanta lucha, tanto dolor, tanta esperanza en la Justicia que nos golpeó en favor del poder y la corrupción. Pero igual estamos acá; vamos a seguir escuchándonos reclamar Justicia», señaló frente a todos Nora Giraudo, la madre de Maximiliano Vesco, que falleció atrapado en los escombros de los departamentos.

«Justicia por ellos, justicia por nosotros, por los que hoy no están acá y no nos pueden acompañar, pero están en el corazón. Justicia por ustedes, por Rosario y reclamen seguridad, porque nunca estuvimos seguros con Litoral Gas y esto puede volver a pasar», agregó conmovida.

Y cerró: «Lo que deseamos para ellos es este espacio, dónde ahora habrá un memorial. Por suerte se instalará una escuela donde siempre se escuchará música y la voz de los chicos».

El fallo

Tras ese discurso, los familiares volvieron a mostrar este martes su disconformidad con el reciente fallo del tribunal integrado por los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Carlos Leiva, que sólo encontraron culpable al gasista Carlos García, quien fue condenado a cuatro años de prisión.

El tribunal absolvió a los otros diez imputados que tenía la causa, entre los que figuraban empleados jerárquicos de Litoral Gas, inspectores de la empresa, administradores de consorcio, un gasista que había trabajado en el edificio días antes de la tragedia y el ayudante del condenado por el delito de estrago culposo agravado.

Jorge Magaz, el padre de Estefanía, otra de las víctimas de Salta 2141, también habló. «Teníamos esperanza de que se haga justicia por este hecho tan doloroso, pero nos da vergüenza ajena el dictamen de los tres jueces que sobreseyeron a la mayoría de los involucrados en este hecho gravoso», señaló.

«Sabíamos que estábamos ante una empresa con poderío económico. Hubo una intervención política en lo judicial. Los cuatro fiscales se han comportado de la mejor manera. Pero los jueces no han estado a la altura de los acontecimientos», añadió.

Fundamentos

Las palabras también se dieron luego de que el tribunal diera a conocer este lunes los fundamentos de ese fallo.

Lo hizo en el marco de un extenso escrito de más de 700 páginas. Allí desgranaron punto por punto en qué se basaron para absolver a una decena de imputados y condenar al gasista García. El tribunal emitió el fallo por mayoría, ya que Leiva votó en disidencia parcial al solicitar tres años de prisión en suspenso para el gasista y tareas comunitarias.

En el escrito, los jueces explicaron por qué se decidió absolver, entre otros, a los empleados jerárquicos de Litoral Gas, como el jefe de mantenimiento de redes, Claudio Tonucci, y la gerenta técnica, Viviana Leegstra.

«Supone un dislate jurídico pretender responsabilizar a Tonucci y Leegstra, a título de garantes, por el obrar anónimo de quien no ha anunciado su plan de acción (mediante los formularios normativamente exigibles). En rigor de verdad, la ausencia de comunicación de parte de García no solo frustró el control, sino que hizo imposible prever lo desconocido», argumentaron.

Además, indicaron que «la reconstrucción histórica (facilitada en el juicio por la rendición probatoria, más las consideraciones apuntadas en esta etapa del estudio) ha permitido comprender y tener por demostrado que la explosión (ocurrida por la ignición de un gran volumen de fluido, escapado de una instalación de gas operada con la válvula abierta), ha sido causada por el acometimiento inconsulto y descuidado del gasista».

Los fundamentos del fallo también dejaron en claro que «la empresa licenciataria (Litoral Gas) contaba con un plan de emergencia. Un protocolo de procedimientos que, como un conjunto de medidas se encontraba aprobado por el propio organismo de contralor (Enargas)».

Es a raíz de esto que detallaron que «frente a una situación de emergencia desencadenada por el obrar responsable de un tercero (el gasista García), la intervención para paliar los efectos de un delito cometido por un extraño, llevada a cabo de acuerdo con un autorizado plan de contingencia y realizado en un tiempo razonable (según la opinión de los peritos Otegui y Córdoba), de ninguna manera puede constituir la autoría del tipo penal previsto».

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