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La Justicia ordena a Celulosa que haga supervisar por las autoridades la calidad del aire en su entorno y sus emisiones gaseosas

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial revisó un fallo de primera instancia que en 2015 daba lugar a un amparo presentado por vecinos de Capitán Bermúdez nueve años antes. Ahora, si bien no queda firme la orden de cesar las emisiones de los compuestos denominados TRS, se ordena un monitoreo exhaustivo de los mismos por organismos competentes

La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial revocó parcialmente una sentencia en un amparo ambiental contra Celulosa Argentina SA pero le ordenó a la empresa con planta en la ciudad de Capitán Bermúdez que tramite ante la autoridad de aplicación provincial y «las entidades que se consideren técnicamente apropiadas» la supervisión de calidad de aire en su zona de influencia y las emanaciones de TRS. Esto último es la sigla de «total reduce sulfure gas», una mezcla gaseosa de compuestos que contienen azufre en estado reducido producidos por la descomposición anaeróbica de materiales orgánicos y por ciertos procesos industriales y comerciales.

El fallo de primera instancia, dictado en 2015 por la jueza civil y comercial de San Lorenzo, Silvia López de Pereyra, ordenaba el cese de las emisiones de TRS. El tribunal revisor hizo lugar a la acción de amparo, pero dispuso que la forma es la supervisión por las áreas correspondientes de Ambiente de la provincia.

La acción de amparo original fue planteada por vecinos de Capitán Bermúdez en 2006 patrocinados por los abogados Alejandro Echevarne y Germán Candini. El fallo de primera instancia hizo lugar a la presentación y estableció que Celulosa tendría que cumplir con el «cese de emisiones» y demostrarlo mediante «dictamen debidamente fundado emitido por el Ministerio de Aguas, Medio Ambiente y Servicios Públicos y el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental y la contratación de un seguro ambiental». Ahora, queda afuera el «cese» y se da lugar a la «supervisión» que determine niveles que no impliquen peligro para la salud de los vecinos expuestos.

Los camaristas Ariel Ariza y Oscar Puccinelli afirmaron que “desde hace tiempo y como consecuencia del desarrollo del proceso industrial llevado a cabo por la demandada (Celulosa) se produce en la atmósfera circundante a la planta de procesamiento el esparcimiento incontrolado de sustancias gaseosas que, generalmente poseen un olor nauseabundo, que contando con el auxilio del viento como medio de transporte (especialmente en momentos en que sopla desde el Sur y el Este) se desplazan hasta sus viviendas, filtrándose en las casas, haciendo prácticamente imposible respirar”.

La demandada expresó que no hay prueba concreta que acredite que el TRS ni sus componentes ni el efluente gaseoso de Celulosa hubiera producido o pueda provocar un daño actual o inminente en el ambiente o la salud de los habitantes de Capitán Bermúdez.

Los camaristas agregaron que “la magistrada de la anterior instancia ha destacado que quedó demostrado que al menos en dos circunstancias debidamente demostradas se han producido escapes de gases provenientes de la demandada, la primera en forma inmediatamente anterior a la deducción del amparo y con motivo del hecho nuevo ocurrido en agosto de 2009 que tuvo como principales destinatarios a alumnos de una escuela adyacente a la fábrica. Siguió señalando el fallo apelado que “en ambas situaciones se produjeron desmayos, mareos, picazón de garante y otros síntomas en miembros de la población, adyacente a la fábrica, lo que se encuentra debidamente probado con las testimoniales y documental rendidas en autos”.

Puntualizaron que “corresponde reconocer que en la planta de la demandada se ha llevado a cabo un profundo proceso de adopción de nuevas tecnologías y adecuación que se refleja en distintos documentos incorporados a la causa2. También destacaron que «si bien varios de estos documentos son anteriores a 2007, sobresale el Convenio celebrado entre la empresa Celulosa Argentina SA, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, la Autoridad Ambiental de la Provincia de Santa Fe y el Municipio de Capital Bermúdez del 22 de agosto del 2007» y que la empresa «agregó una detallada descripción de este Plan de Mejoras implementado, haciendo notar el objetivo de utilización de Mejores Tecnologías Disponibles, lo que supuso una inversión de 100.000.000 de dólares, según lo expone”.

“La causa la comenzaron los vecinos y la terminó impulsando Fiscalía de Estado provincial. En estos nueve años se colectó todo tipo de pruebas que dan la pauta de que emisión de partículas que son captadas en el aire y que son probadamente contaminantes que afectan la salud de la población de Capitán Bermúdez”, explicó en 2015, tras el fallo de primera instancia, el abogado Alejandro Fabián Echevarne. La acción de amparo acumuló 20 cuerpos de 200 fojas cada uno.

El TRS esta integrado por varios compuestos, entre los cuales figuran el sulfuro de hidrógeno (H2S), metilmercaptano (CH3SH), dimetilsulfuro (CH3SCH3) y dimetildisulfuro (CH3SSCH). Su olor característico es el de huevo podrido. Una exposición leve puede provocar dolores de cabeza, depresión, fatiga y náuseas. El sulfuro de hidrógeno es un gas inflamable y venenoso que puede provocar colapso, coma y muerte en pocos segundos tras inhalarlo en altas concentraciones. Uno de los métodos para medir el TRS es el análisis de cromatografía de gases, llamado Método 16B.

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