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La Justicia ordenó indemnizar a un inundado; la provincia apeló el fallo

El Tribunal Colegiado N° 4 de Santa Fe falló a favor de un vecino inundado y ordenó que la provincia lo indemnice. Es la primera sentencia civil luego de las condenas penales de febrero. La provincia lo apeló y pidió ante la Corte “limitar la responsabilidad del Estado”

La Justicia Civil falló a favor de un ciudadano santafesino y le ordenó al Estado provincial indemnizarlo por los daños causados en su vivienda por la inundación de 2003. El fiscal de Estado de la provincia apeló el fallo, que sienta precedente y le abre la puerta a miles de demandas similares.

Se trata de la primera demanda civil –entre miles– que llega a etapa de sentencia, luego del fallo en la causa penal, de febrero de este año, que condenó a dos ex funcionarios del gobierno de Carlos Reutemann.

El fallo del Tribunal Colegiado N° 4 de Santa Fe, fechado el 30 de abril, condena al Estado provincial a pagar la suma de 50.258 pesos por los daños ocurridos durante la inundación de 2003 en la vivienda de Rodolfo Oscar Langhi, situada en calle San Juan 1624 de la capital provincial. Actualizado, el monto es de alrededor de 400 mil pesos, según cálculos de la Fiscalía de Estado.

El 1º de febrero la Justicia Penal había condenado a tres años de prisión en ejecución condicional a Edgardo Berli, ex ministro de Obras Públicas del gobierno de Reutemann, y al ex director provincial de Hidráulica la provincia, Ricardo Fratti, por el delito de estrago culposo agravado por la muerte de 18 personas. Esa sentencia, que determinó la responsabilidad de la provincia en la inundación, destrabó las causas que se encontraban en trámite en el fuero civil.

La primera sentencia se conoció este lunes y ordena al Estado a indemnizar a un vecino del oeste santafesino (Langhi) que fue víctima de la inundación de 2003. Su abogado, Oscar Radkievich, explicó que “el Tribunal admite la demanda de resarcimiento contra la provincia por los daños y perjuicios producidos por la inundación de 2003”.

Según el abogado, el fallo “sienta precedentes muy interesantes respecto a la responsabilidad del Estado y de los funcionarios y sobre el derecho de las víctimas a cobrar un resarcimiento por lo ocurrido”.

“El fallo está muy bien argumentado. Determina que hubo obras públicas que no se terminaron, que eso provocó el ingreso del agua a la ciudad y que es algo que se podía haber previsto”, agregó Radkievich.

El fallo del Tribunal Colegiado –integrado por las juezas María Georgina Rodríguez y Nora Vello y por el juez Gabriel Scaglia– sienta precedente para otras miles de personas que fueron víctimas de la inundación y que iniciaron acciones civiles. Solo el estudio del abogado Iván Cullen tramita unas 4200 demandas.

Argumentos

El Tribunal determinó que el daño ocasionado por la inundación en el inmueble de Langhi fue por un monto total de 32.438,99 pesos. A su vez, fijó el resarcimiento por los daños ocurridos en bienes muebles en 14.320 pesos, por “daños derivados” otros 3.500 pesos y por “daño moral” otros 3.000 pesos. Un total de 50.258 pesos: la suma exigida por el demandante en 2005, año en que comenzó la causa.

Sin embargo, la suma del resarcimiento debe ser actualizada según la tasa activa promedio del Banco Nación aplicando intereses desde el 29 de abril de 2003 (fecha en que ingresa el agua del río Salado a Santa Fe) hasta la fecha de su efectivo pago.

Entre otros fundamentos, los magistrados indicaron que hubo responsabilidad por parte de la provincia porque la obra de defensa del cordón oeste estaba inconclusa (por allí ingresaron las aguas del río Salado).

En su defensa, el Estado provincial había planteado que “el exceso de lluvias a valores excepcionales, comparándola con los 800 años anteriores, fueron la causa de la inundación y que, por lo tanto, no se podía imputar responsabilidad al Ejecutivo provincial. La sentencia civil –igual que la penal– rechaza ese argumento.

Por el contrario, el Tribunal consideró que existieron negligencias del Estado que permitieron el ingreso del río Salado por un tramo de la defensa (entonces inconclusa) que corre paralela a la Circunvalación Oeste de la ciudad de Santa Fe.

“La responsabilidad de la provincia de Santa Fe surge al no cumplir con su obligación de controlar tales alternativas hidrológicas y climáticas y no realizar obras de infraestructura adecuadas para evitar el desborde del río Salado”, sostiene el Tribunal. Y enumera: “Dejar lugares abiertos a la altura de calle Gorostiaga en el Hipódromo de Santa Fe, no culminar los tres tramos de la obra construcción de la autopista de Circunvalación Oeste, para que cumpla funciones viales y al mismo tiempo de terraplén de defensa contra las inundaciones, y la errónea concepción del proyecto de terminación del tramo II, no prever la exigua luz de escurrimiento de las aguas de la autopista Santa Fe -Rosario, que hizo de dique, falta de planes de contingencia y alertas, deberes contemplados dentro de un mandato jurídico determinado en cabeza del Gobierno de Santa Fe”.

Apelación

El fiscal de Estado Pablo Saccone confirmó este lunes que la provincia apelará el fallo ante la Corte Suprema porque “llama la atención la extensión de la responsabilidad que se le atribuyen a la provincia”. El fiscal entiende que hay contradicciones dentro del fallo y que el fenómeno tuvo causas diversas, no todas atribuibles a la provincia.

“Está acreditado a través de prueba pericial que es un suceso que tiene una recurrencia de más de 800 años. Entendemos que hay algo de caso fortuito, cuestión que el tribunal rechaza por completo, y que ha habido causas que han contribuido a que el fenómeno fuese de mayor trascendencia”, indicó Saccone a LT10.

“Hay una multiplicidad de causas que entiendo que en este fallo no son atendidas y le atribuyen el 100% de la responsabilidad al Estado”. Por eso, el funcionario pidió en su apelación ante la Corte “limitar la responsabilidad del Estado” y explicó: “Queremos tener certeza de cuál es esa extensión. Entendemos que en una causa de tanta trascendencia, es el máximo tribunal el que tiene que disponerla”.

El primer fallo

El 1º de febrero se dictó el fallo en la causa penal por la inundación de 2003. La Justicia condenó a tres años de prisión en ejecución condicional a Edgardo Berli, ex ministro de Obras Públicas del gobierno de Carlos Reutemann, y al ex director provincial de Hidráulica la provincia, Ricardo Fratti, por el delito de estrago culposo agravado por la muerte de 18 personas. El tercer imputado, Marcelo Álvarez –intendente de Santa Fe al momento de la inundación–, falleció el 9 de abril de 2018. Por ser una pena de ejecución condicional, Berli y Fratti no fueron presos.

La inundación de abril de 2003 dejó, según datos oficiales, un saldo de 23 muertos, 18 de los cuales fueron incluidos en la causa penal. Los organismos de derechos humanos y el colectivo de inundados han denunciado que, en los meses posteriores a la catástrofe, por los daños colaterales, murieron en total 157 personas.

El colapso mayor se produjo el 29 de abril de 2003 cuando el río Salado –que estaba en un período de crecida extraordinaria– ingresó a la ciudad por un tramo de 800 metros de la defensa oeste que había quedado inconcluso. Las aguas del Salado inundaron todo el borde oeste de la ciudad y empujaron a 130 mil santafesinos a evacuarse de sus hogares.

En un tramo del fallo se sostiene que “mediante la omisión culposa de los cuidados necesarios y oportunos para prevenir y contener la creciente del Salado, se produjo un estrago por inundación, con numerosos daños y la muerte de asfixia por inmersión de 18 personas”.

En su fallo, el juez Silva sostiene que “el anegamiento pudo haber sido prevenido y retrasado e incluso aminorado los volúmenes de ingreso que al final alcanzarían a los mismos niveles embalsados adentro de la ciudad, pero que el desborde del río por su crecida extraordinaria y su invasión a la planta urbana (enclavada en su valle de inundación natural) era una consecuencia inevitable, aún de haberse levantado el cierre provisorio”.

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