Victoria Rodriguez/Cosecha Roja
En 2015 una nena de 12 años con retraso madurativo quedó internada en el Hospital Iturraspe de la ciudad de Santa Fe a la espera de una interrupción legal del embarazo producto de una violación. Cada vez que escuchaba a bebés llorar tenía crisis de angustia y cuando se le hablaba del embarazo se autolesionaba.
En ese estado la encontró la psicóloga María Belén Catalano, integrante de la Grávida, una de las ONGs que se oponen al aborto. Durante un fin de semana la profesional se metió en el hospital sin autorización, se hizo pasar por funcionaria pública y engañó a la niña y a su madre para que desistieran de solicitar el aborto no punible. El lunes siguiente logró que firmaran y se fueran del hospital. Al enterarse el Colegio de Psicólogos suspendió a Catalano. Pero la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión en 2018 por un tecnicismo.
Tres años después, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dejó sin efecto esa resolución e insta a que se le aplique una sanción.
El fallo de la Corte del 23 de marzo es unánime y lleva la firma de María Angélica Gastaldi, Daniel Erbetta, Roberto Falistocco, Rafael Gutiérrez y Eduardo Spuler -Mario Netri se apartó por ser tío de uno de los camaristas que había firmado la sentencia anulada-. A ellos, para poder garantizar la resolución de la instancia judicial, se sumaron -tras sorteo- Georgina Depetris y Jorge Andrés.
Entre los fundamentos de la decisión de Gastaldi se expresa que “reprocha la impugnante que con arbitrariedad sorpresiva, exceso ritual manifiesto y fundamentación contradictoria, los Jueces anularon la sanción disciplinaria aplicada a la colegiada”.
Los abogados Jorge Pedraza y Sabrina Muñoz Denis siguieron la causa por el Colegio de Psicólogos de Santa Fe. “Este fallo es emblemático porque, si bien los escenarios políticos globales cambiaron desde 2017 a hoy, estos grupos antiderechos como Grávida producían una perturbación grave en los hospitales públicos de la ciudad de Santa Fe”, analizó Pedraza.
Reparación
La sanción prevista por el colegio profesional en 2017 consistía en un apercibimiento público y la inhabilitación de la matrícula por seis meses. Esa medida había sido suspendida por la Cámara de Apelaciones pero ahora la Corte dijo que un tribunal subrogante tiene que emitir nueva sentencia de conformidad a los considerandos de este fallo. “A mi modo de ver, no puede ser distinta a que tenga que ratificar la sanción disciplinaria del Colegio de Psicólogos en los términos en la que la dictó. Es decir una amonestación pública y seis meses de suspensión en el ejercicio de su profesión. No veo otra posibilidad”, resaltó Pedraza.
El abogado recordó que el caso se hizo conocido cuando Aica (la Agencia Informativa Católica Argentina) publicó una nota sobre la sanción a Catalano y “la falta de ética” del Colegio de Psicólogos de Santa Fe. “La viralización de la causa la hizo la Iglesia Católica a través de Aica. Por eso también es importante el fallo de la Corte. Ojalá sea el mojón inicial para que dentro de no mucho tiempo saquen del salón de actos la cruz de 2 metros que preside todos los actos de la Corte, cuyo edificio está a 50 metros de distancia y mirando al Arzobispado”, agregó.
Las autoridades del Colegio, con la experiencia de hostigamiento sufrido durante todos estos años, prefirieron no realizar declaraciones. Este fallo llega también como una reparación a los ataques que recibieron y a las acusaciones de aborteros y persecución religiosa. Incluso, cuando se probó que la indicación del equipo profesional que la estaba asistiendo no indicaba una ILE por lo avanzada de la gestación y estaba trabajando sobre otras alternativas de acompañamiento para evitar más sufrimiento a la niña embarazada.
De hecho, entre los fundamentos de Gastaldi para dejar sin efecto la resolución de la Cámara de Apelaciones, se remarca que “se le enrostró a la colegiada realizar intervenciones como psicóloga a una menor de 12 años recién cumplidos que estaba cursando un embarazo producto de una violación. Puntualiza que la gestante estaba internada en el Hospital Iturraspe con diagnóstico de «alto riesgo para su salud», cuando la colegiada -desplegando una intervención profesional- se superpuso a las prácticas profesionales que el equipo de salud pública y la red interinstitucional estaban realizando, de manera altamente iatrogénica, inconsulta y clandestina”.
El caso
Hace seis años una nena con retraso madurativo empezó a tener cambios de conducta en la escuela. Las docentes intervinieron y dieron aviso a la madre. A partir del trabajo articulado con los equipos del Ministerio de Educación la niña contó que sufría abusos por parte de su padrastro y detectaron que estaba embarazada producto de esas violaciones.
Apenas se enteró, la madre pidió una interrupción legal del embarazo en los términos del artículo 86 del Código Penal. La nena fue ingresada al hospital J. B. Iturraspe para evaluar su situación y proceder a la ILE. Durante su internación primero estuvo en el área de Maternidad pero tuvieron que trasladarla a Pediatría porque cuando escuchaba a bebés llorar tenía crisis de angustia y cuando se le hablaba del embarazo se autolesionaba.
A ese hospital, el mismo en el cual dejaron morir a Ana María Acevedo y donde todo el personal de Ginecología es objetor de conciencia, llegó Catalano. Se hizo pasar por personal de la Secretaría de Niñez y estuvo todo un fin de semana con la mujer y su hija desarrollando “procedimientos del quehacer profesional”, según el Colegio de Psicólogos, para torcer la decisión de esa familia de no continuar la gestación, un hecho que constituye tortura según Amnistía Internacional.
El lunes la madre firmó el acta voluntaria y se contactó con Orlando Perizzotti, referente de Grávida. Finalmente la familia fue asistida por la ONG hasta que el embarazo llegó a término y el bebé fue dado en adopción. El equipo profesional del Iturraspe consideró que el accionar de Catalano fue impropio y la denunció frente al Tribunal de Ética del Colegio de Psicólogos, que en 2017 falló contra Catalano. Consideró interpuso sus creencias personales por sobre la voluntad de esa niña y su madre. Y la sancionó con un “apercibimiento público y suspensión de la matrícula por el término de seis meses a la licenciada María Belén Catalano, matrícula Nº 836, DNI 30.292.445″.
A los dos días de que se conociera esa resolución, la profesional apeló ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal Circunscripción Judicial N° 1 y solicitó que se deje sin efecto la medida y se retire la publicación de la misma en la web del Colegio. De manera paralela las organizaciones antiderechos iniciaron una campaña de desprestigio contra la institución con miles de correos electrónicos y publicaciones en medios de comunicación donde la tildaron de “abortera” y de persecución ideológica.
Finalmente en mayo de 2018, la Cámara de Apelaciones falló a favor de Catalano sin considerar la discusión de fondo sobre el comportamiento de la profesional y basándose en que, supuestamente, se le había violado el derecho a defensa. El Colegio de Psicólogos debió dejar sin efecto la sanción y tuvo que retirar la publicación de su web institucional. La resolución fue apelada y llevada a la Corte Suprema de Justicia que esta semana se expidió sobre el tema.